Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 39 D.P.R. 530
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 39 D.P.R. 530 |
No.: 762, -Sometido: Abril 22, 1929, Resuelto: Abril 30, 1929.
Nota de Pedro Gómez Lasserre, R.
(Mayagüez), devolviendo sin operación
alguna documento de compraventa otorgada por varios condueños de sus
respectivos condominios en varias fincas, por haberse negado el comprador a
pagar los derechos arancelarios.
Confirmada.
José Sabater, abogado del recurrente; el registrador recurrido compareció por escrito.
El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.
Tres personas vendieron al recurrente los condominios que cada una de ellas
tenía en seis fincas rústicas por precio de $2,750, que distribuyeron así:
por la finca que describieron con la letra A, $1,000; por la que tiene letra
B, $250; por la C, $250; por la D, $500; por la E, $250, y por la F, $500.
El documento de esa venta fué presentado en el registro de la propiedad para
su inscripción acompañado de $12.50 en sellos de rentas internas, pero el
registrador lo devolvió sin practicar operación alguna en sus libros porque
los derechos arancelarios ascienden a $20.50, que el comprador se ha negado
a pagar, y por esto se ha interpuesto este recurso gubernativo.
No hay discusión en este caso en que dichas cantidades son las exactas según
el punto de vista del recurrente y del registrador, por lo que la única
cuestión en controversia es que según el recurrente cuando varios condueños
venden sus condominios a una sola persona el registrador no puede cobrar por
la inscripción de los varios condominios así vendidos sino por una sola
inscripción a favor del comprador de los condominios adquiridos, mientras
que el registrador sostiene que siendo en este caso tres los condueños que
venden en cada finca debe cobrar por las tres adquisiciones que hace el
recurrente aunque a su favor haga una sola inscripción.
Según el recurrente, si diez herederos adquieren en pro indiviso una finca
que vale $10,000 cada uno debe pagar $4.50 por la inscripción que se haga a
su favor, en total $45; pero que cuando los diez venden a una persona esos
condominios, el comprador sólo pagará $10 por la inscripción de esos
condominios a su favor, y cita en su apoyo a Galindo y Escosura, tomo 4,
página 748, 4 a edición reimpresa en 1903, quien dice que en el caso de
inscribirse una finca a favor de varios herederos pro...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 41 D.P.R. 860
...de 1917, II, 313. Tanto el recurrente como el recurrido invocan en su favor la decisión de esta corte en el caso de Bravo v. Registrador, 39 D.P.R. 530. Aunque hay que reconocer la fuerza de los argumentos del recurrente, creemos que su caso resuelto por la decisión en el de Bravo, supra, n......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 41 D.P.R. 860
...de 1917, II, 313. Tanto el recurrente como el recurrido invocan en su favor la decisión de esta corte en el caso de Bravo v. Registrador, 39 D.P.R. 530. Aunque hay que reconocer la fuerza de los argumentos del recurrente, creemos que su caso resuelto por la decisión en el de Bravo, supra, n......