Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Febrero de 1903 - 4 D.P.R. 194

EmisorTribunal Supremo
DPR4 D.P.R. 194
Fecha de Resolución12 de Febrero de 1903

4 D.P.R. 194 (1903) CARLO HERMANOS V. COLBERG Y MARTINEZ EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Carlo Hermanos v. Colberg y Martínez.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Mayagüez.

No. 25.-Resuelto en noviembre 16, 1903.

EXPOSICION DEL CASO.

En los autos del juicio declarativo seguido en el Tribunal de Distrito de Mayagüez entre partes, de la una, la sociedad mercantil "Carlo Hermanos" del comercio de aquella plaza, y continuado luego por su quiebra ante la Corte de Distrito de los Estados Unidos, por Don Gerardo Castelló como liquidador judicial de dicha razón mercantil, representado por el Abogado Don Ramón Roura, y de la otra, como demandados, los Sres. Colberg y Martínez del comercio de Cabo Rojo, representados y dirigidos por su Abogado Don José de Diego, en cobro de pesos; autos pendientes ante Nos a virtud del recurso de casación por infracción de ley interpuesto por la representación de la parte demandante contra la sentencia pronunciada por el referido tribunal de distrito, que transcrita literalmente dice así: "Sentencia: en la ciudad de Mayagüez, a 12 de febrero de 1903. Visto este pleito civil, en juicio oral y público, entre partes: de la una, los Sres.

Carlo Hermanos, del comercio de este domicilio, y luego, por su quiebra ante la Corte de Distrito de los Estados Unidos, por Don Gerardo Castelló, como liquidador judicial de dicha razón mercantil, representado por el Abogado Don Ramón Roura, y de la otra, como demandados, los Sres. Colberg y Martínez, del domicilio de Cabo Rojo, defendidos por el Abogado Don José de Diego, en cobro de pesos.

"Resultando: que por documento privado extendido a 1 de junio de 1901, entre Colberg y Martínez, S. en C., y Carlo Hermanos, entregado al Notario Don Mariano Riera Palmer, que lo insertó en la escritura pública No. 673 de su protocolo, con fecha 20 de septiembre de 1901, los Sres. Colberg y Martínez, arrendatarios de las salinas denominadas `Candelaria' y `Fraternidad,' (*) de Cabo Rojo, vendieron a los Sres. Carlo Hermanos seis mil fanegas de sal de la existencia y por producir en las referidas fincas, por el precio de un peso moneda americana cada fanega, pagándose el importe en la forma siguiente: mil quinientos pesos de contado, mil pesos en un pagaré suscrito por Carlo Hermanos, a la orden de los vendedores, con vencimiento al 1 de septiembre de 1901, mil quinientos pesos en otro pagaré para el día 1 de diciembre del mismo año, mil pesos en otro pagaré, para el día 1 de marzo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR