Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 31 de Enero de 1902 - 4 D.P.R. 215

EmisorTribunal Supremo
DPR4 D.P.R. 215
Fecha de Resolución31 de Enero de 1902

4 D.P.R. 215 (1903) FRAU V. CANALS EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Frau v. Canals.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Arecibo.

No. 70.-Resuelto en noviembre 19, 1903.

EXPOSICION DEL CASO.

En el recurso de casación por infracción de ley, ahora de apelación, que ante nos pende, interpuesto por Don Pedro A. Canals, que se mostró parte ante este Tribunal Supremo, bajo la dirección del Letrado Don Antonio Alvarez Nava, solicitando la revocación y anulación de la sentencia dictada por el Tribunal de Distrito de Arecibo, que literalmente dice así: "En Arecibo, a 31 de enero de 1902. Visto en juicio oral y público el pleito de divorcio promovido ante esta corte de distrito por Doña Emilia Frau Vázquez, casada, mayor de edad, sin profesión, vecina de Lares, representada y dirigida por el Abogado Don Elpidio de los Santos Laguardia, contra Don Pedro Antonio Canals, casado, mayor de edad, propietario y vecino también de Lares, representado y dirigido por el Abogado Don Simón Largé y contra el Ministerio Fiscal.

"Resultando: que en 26 de junio de 1899, Don Pedro Antonio Canals y Doña Emilia Frau y Vázquez, ambos naturales de España, contrajeron matrimonio canónico en el pueblo de Lares, quedándose a vivir en el mismo pueblo en donde fijaron su residencia. A los tres días de efectuado el matrimonio, se manifestó en la esposa, que sólo contaba diez y nueve años de edad, un flujo vaginal de carácter blenorrágico que más tarde se extendió al útero. Las relaciones sexuales entre ambos cónyuges no se suspendieron, y en el mes de marzo del año siguiente, la esposa abortó un feto de seis meses, trasladándose tres meses después a casa de su madre Doña Ruperta Vázquez, a lo que accedió el marido Canals, aunque con desagrado, y durante cuatro meses la pasó una corta mensualidad para que atendiera a su curación, lo que hasta el presente no ha conseguido Doña Emilia.

"Resultando: que en 21 de febrero de 1901, Doña Emilia Frau, que continuaba viviendo en la casa de su madre Doña Ruperta Vázquez, presentó con dirección de letrado ante esta corte de distrito, demanda de divorcio contra su esposo Don Pedro Antonio Canals, alegando los hechos expuestos en el anterior resultando, y además: que hacía siete meses y medio que por intervención de varias personas, fué trasladada a la casa de su legítima madre Doña Ruperta, donde residía, en vista de la necesidad de que estuviera separada de su legítimo referido consorte: que en 2 de julio del 1900 envió el Sr. Canals a su legítima consorte veinte y cinco pesos para que con ellos atendiera todo el mes a sus urgencias, no obstante hallarse dicha señora en esa época en el período más grave de las dolencias que viene padeciendo: que en 2 de julio del 1900 envió el Sr. Canals a su legítima consorte, enferma, veinte pesos en cada uno de dichos meses y le exigió le diera recibo: (*) que desde octubre hasta la fecha de la instrucción dada al letrado, no le ha dado más cantidad en efectivo: que desde el 25 de noviembre le ha sido suspendido el despacho de medicinas, y que estuvo atendida por los médicos solamente en las curaciones que no exigían la asistencia de un buen especialista, según le recomendaban los referidos médicos que la asistían, dada la índole de la enfermedad que padece.

"Resultando: que como fundamentos de derecho de su demanda, Doña Emilia Frau y Vázquez adujo la Orden General de 17 de marzo de 1899, sancionada por el Bill Foraker, según los que es causa de divorcio ad vinculum, el maltrato de obra inferido por uno de los cónyuges, y terminó solicitando que se declarara roto el vínculo matrimonial entre ella y Don Pedro A. Canals, quedando ambos cónyuges en libertad absoluta, así como que se reservase a la esposa sus acciones y derechos para exigir del marido indemnización en la vía correspondiente, por daños y perjuicios que hubiere podido experimentar.

A la demanda se acompañaron los documentos siguientes: una carta dirigida por Don P. Vilella a Doña Ruperta Vázquez sobre una conferencia que tuvo con Canals, referente a su hija Emilia: otra dirigida a la misma señora por Don Salvador Picornell sobre el mismo asunto: una certificación del Dr. Sein, sobre asistencia a Doña Emilia Frau: la partida de matrimonio de los padres de Doña Emilia: la del contraído por Don Pedro A. Canals con la referida Frau: certificación de las contribuciones que en el año económico de 1900 a 1901 aparece pagando el Sr. Canals: otra certificación del Dr. Sein sobre asistencia de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR