Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 40 D.P.R. 545
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 40 D.P.R. 545 |
No.: 3785, -Sometido: Junio 18, 1929, Resuelto: Febrero 7, 1930.
Sentencia de A.
Acosta Quintero, J. (Ponce), condenando al acusado por
delito de Violación. Revocada y devuelto el caso para nuevo juicio.
R. Martínez Nadal y Leopoldo Tormes, abogados del apelante; R. A. Gómez,
abogado de El Pueblo, apelado.
El Juez Asociado Señor Hutchison, emitió la opinión del tribunal.
Segundo Pacheco fué convicto del delito de violación y sentenciado a sufrir
una pena de doce años de presidio. Los primeros seis errores señalados por
el apelante levantan la cuestión de la participación excesiva e injusta del
juez sentenciador en el examen de los testigos. El fiscal de esta corte
conviene con los letrados del apelante en que la actuación de que estos
últimos se quejan fué perjudicial al acusado, y recomienda la revocación de
la sentencia.
Una lectura cuidadosa de los autos nos ha convencido de que el juez de
distrito se excedió en los límites de lo correcto en el examen de un número
de testigos, incluyendo al mismo acusado.
Hemos llegado a esta conclusión en contra de nuestro deseo. La intervención
de la corte en el examen de los testigos fué más que contrarrestada en
algunas ocasiones por la disposición de parte de los letrados de la defensa
de irritar al juez. En tales ocasiones, nuestras simpatías han estado con
la corte más bien que con los abogados. Cualquiera de los incidentes
señalados como error no justificaría por sí solo la revocación.
La acusación imputa la comisión del delito por medio de fuerza y violencia.
También dice que la perjudicada había sido impedida de oponer resistencia
por amenazas de grave e inminente daño personal, acompañada de la aparente
aptitud para ejecutarlas.
En el interrogatorio directo de la perjudicada se hizo mención de un
revólver y de ciertas amenazas, pero no hubo indicación alguna de que la
perjudicada hubiese sido impedida en esa forma de ofrecer resistencia. Por
el contrario, su declaración tendió a demostrar que ella opuso resistencia y
que la misma fué
vencida por fuerza y violencia.
En la repregunta, en el curso de la cual no se hizo referencia a ninguna
amenaza hecha en el momento de la comisión del delito o inmediatamente
antes, el juez comenzó por preguntar a la testigo por qué se había sometido
a la voluntad de Pacheco. La...
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