Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 40 D.P.R. 481
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 40 D.P.R. 481 |
No.: 3998, -Sometido: Enero 21, 1930, Resuelto: Enero 23, 1930.
Sentencia de Domingo Sepúlveda, J. (San Juan), condenando al acusado por
delito de Infracción a la Ley de Pesas y Medidas. Confirmada.
P. J. Miranda, abogado del apelante; R. A. Gómez, abogado de El Pueblo, apelado.
El Juez Asociado Señor Hutchison, emitió la opinión del tribunal.
Ramón García fué
convicto de una infracción a la Ley de Pesas y Medidas, y
alega que la acusación no imputa delito alguno.
Los hechos alegados en la acusación revelan que faltaban dos libras en una
venta de seis libras de café. La sección 15 de la Ley, según fué enmendada
en 1917, leyes de ese año, tomo primero, páginas 205-207, dispone que:
Ninguna persona dará, o permitirá que se dé, ningún peso o medida falto o
incompleto en la compra, venta o traspaso de artículos, efectos o
mercancías, y ninguna persona usará, o permitirá que se use, ninguna pesa o
medida falsa en ninguna transacción industrial o comercial, como base para
fijar el precio o pago en la compra, venta, traspaso o transporte de
cualesquiera artículos, efectos o mercancías.
Esta sección fué
nuevamente enmendada en 1921, leyes de ese año, páginas
179-181, en la siguiente forma:
"Ninguna persona dará, ni permitirá que se dé, ningún peso o medida falso o
incompleto en la compra, venta, traspaso, o transporte de artículos, efectos
o mercancías, o en la compra o venta de cualquier trabajo, tarea o servicio
cuya remuneración deba ajustarse sobre la base de peso, o sobre una base de
medida que no sea la del tiempo; y ninguna persona usará ni permitirá que se
use, ninguna pesa o medida falsa en cualquiera transacción industrial o
comercial, como base para fijar el precio o pago en la compra, venta,
traspaso o transporte de cualesquiera artículos, efectos o mercancías o en
la compra o venta de cualquier trabajo, tarea, o servicio cuya remuneración
deba ajustarse sobre la base de peso, o sobre una base de medida que no sea
la del tiempo, ni tendrá ni permitirá que se tenga en su establecimiento
comercial o industrial tal pesa o medida falsa."
La objeción es que en la acusación no se menciona...
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