Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Abril de 1916 - 40 D.P.R. 615

EmisorTribunal Supremo
DPR40 D.P.R. 615
Fecha de Resolución13 de Abril de 1916

40 D.P.R. 615 (1930) BARBOSA V. REGISTRADOR TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Pedro Barbosa, recurrente, v. El Registrador de la Propiedad de Mayagüez, recurrido.

No.: 800, -Sometido: Febrero 19, 1930, Resuelto: Febrero 24, 1930.

Nota de P. Gómez Lasserre, R. (Mayagüez), denegando inscripción de una escritura de venta con pacto de retro. Revocada en la parte que fue recurrida.

  1. Ramírez Silva, abogado del recurrente; el registrador recurrido compareció por escrito.

El Juez Presidente Señor del Toro, emitió la opinión del tribunal.

Pedro Barbosa y su mujer Ana María Rodríguez, de una parte, y de la otra Arturo Hau comparecieron ante notario el 4 de enero último y otorgaron una escritura titulada de venta con pacto de retro por virtud de la cual los primeros aparecen vendiendo al segundo varias fincas rústicas por el precio de $728, pactándose además que si los vendedores devuelven al comprador el dicho precio dentro del término de cuatro meses el comprador les retrovenderá las fincas. En la escritura hay una cláusula en la cual las partes declaran que el "contrato surtirá los efectos de una hipoteca ... y que los vendedores se comprometen y obligan a que tan pronto como inscriban las fincas ... constituirán sobre ellas una hipoteca por la suma de setecientos dólares a vencer el día cuatro de enero de mil novecientos treintidós, con el interés del uno por ciento mensual, con las cláusulas y condiciones que impondrá el acreedor ..." Presentado el documento para su inscripción en...

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