Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 40 D.P.R. 858

EmisorTribunal Supremo
DPR40 D.P.R. 858

40 D.P.R. 858 (1930) HAMBURGUER BROS. CO.

V. GANDÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Hamburguer Bros. Co., Inc., demandante y apelada,

v.

Julio Gandía y Cantalicio Ríos, demandados y apelante el primero.

No.: 4981, -Sometido: Febrero 11, 1930, Resuelto: Abril 24, 1930.

Sentencia de Luis Samalea, J. (Arecibo), declarando con lugar la demanda,

con costas.

Revocada, sin costas.

José E. Díaz, abogado del apelante Gandía; V. Polanco de Jesús, abogado de la apelada.

El Juez Asociado Señor Hutchison, emitió la opinión del tribunal.

La demandante presentó

demanda ante una corte municipal solicitando la

entrega de cierta cantidad de tabaco, o, en su defecto, del valor del mismo.

La reclamación de la demandante respecto a su derecho de posesión se basaba

en un contrato de refacción agrícola celebrado entre ella y Cantalicio Ríos.

Ríos, como arrendatario de Gandía, debía percibir las dos terceras partes

del tabaco cosechado por él en quince cuerdas de terreno. La tercera parte

restante de la cosecha debía ser entregada a Gandía en concepto de canon de

arrendamiento.

Los anticipos hechos de acuerdo con el contrato celebrado

entre la demandante y Ríos estaban garantizados por un gravamen sobre sus

dos terceras partes.

Una demanda enmendada que se radicó ante la corte municipal se titulaba

"Hamburguer Bros. Co. Inc., demandante, v. Julio Gandía y Cantalicio Ríos,

demandados." En ella la demandante alegaba que era "una compañía

incorporada bajo las leyes del estado de Nueva York, inscrita en la

Secretaría Ejecutiva de Puerto Rico, con oficina en la ciudad de Vega Baja,

Puerto Rico."

Se solicitaba sentencia en contra "del demandado".

Una llamada sentencia de la corte municipal lleva el título de la demanda en

lo referente al nombre y naturaleza corporativa de la demandante. Ese

documento dice que "el demandado" no presentó prueba alguna. La parte

dispositiva del mismo contiene una orden requiriendo al secretario para que

registre sentencia de acuerdo con la súplica de la demanda.

Julio Gandía apeló

para ante la corte de distrito.

Al comenzar el juicio de novo en la corte de distrito, la demandante

solicitó permiso para enmendar la demanda en aquella parte referente a "una

compañía incorporada," etc., de suerte que leyera "una sociedad mercantil".

A esto se allanó

el letrado del demandado y la enmienda propuesta fué

concedida. El contrato de refacción agrícola presentado como prueba

posteriormente, tiende a ser un convenio...

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