Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 40 D.P.R. 377
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 40 D.P.R. 377 |
No.: 3828, -Sometido: Diciembre 3, 1929, Resuelto: Diciembre 23, 1929.
Sentencia de C.
Llauger Díaz, J. (San Juan), condenando al acusado por
delito de infracción al artículo 470 del Código Penal. Revocada,
absolviéndose al acusado.
R. Martínez Nadal, abogado del apelante; R. A. Gómez, abogado de El Pueblo, apelado.
El Juez Presidente Señor del Toro, emitió la opinión del tribunal.
Se acusó a Luis Pacheco Vidal de que valiéndose de falsas y fraudulentas
simulaciones obtuvo de Antonio Espasas que le facilitara a préstamo tres mil
quinientos dólares mediante garantía hipotecaria de una finca urbana, casa y
solar, ubicada en Santurce, y al otorgar la escritura describió una finca
distinta de la que había convenido hipotecar de valor inferior, haciendo
figurar una casa que no existía, y logrando así defraudar al dicho Antonio
Espasas en los tres mil quinientos dólares prestados.
Celebrado el juicio, Pacheco fué declarado culpable por el jurado del delito
imputádole y condenado por la corte a dos años de presidio con trabajos
forzados. No conforme interpuso esta apelación sosteniendo que la sentencia
debe ser revocada, 1°., porque la acusación no le imputa un delito público;
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, porque el veredicto es contrario a la prueba; 3°., porque la corte erró
al declarar sin lugar su moción de absolución perentoria; y 4°., porque erró
también al trasmitir cierta instrucción al jurado.
El fiscal de esta Corte Suprema acepta que se cometieron los errores
segundo, tercero y cuarto y opina en tal virtud que debe revocarse la
sentencia apelada.
A nuestro juicio la acusación es bastante, pero la prueba no es suficiente.
Hemos visto que el hecho imputado al acusado consistió en haber obtenido que
Antonio Espasas le prestara la suma de tres mil quinientos dólares a virtud
de la falsa representación de que garantizaría el préstamo con cierta finca,
garantizándola en efecto pero con otra de inferior valor, logrando así
defraudar a Espasas.
La prueba demuestra de modo claro, terminante, a virtud de las declaraciones
de Antonio Espasas y de su hermana Carmen Espasas que si hubo...
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