Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Agosto de 1930 - 45 D.P.R. 755

EmisorTribunal Supremo
DPR45 D.P.R. 755
Fecha de Resolución15 de Agosto de 1930

45 D.P.R. 755 (1933) BIANCHI V. BIANCHI TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Juan, Francisco y Rosario Bianchi y Rosafa, demandantes, apelados y apelantes, v.

Estela Bianchi Rosafa, demandada, apelante y apelada.

No.: 6173, Sometido: Junio 22, 1933, Resuelto: Noviembre 24, 1933.

Resolución de E. S. Mestre, Juez en Comisión (Mayagüez), decretando el sobreseimiento y archivo de un pleito de injunction, en el cual el auto había sido expedido, con imposición de costas y honorarios de abogado. Revocada.

José Sabater, abogado de la demandada apelante; Miguel A. García Méndez, abogado de los demandantes apelados.

El Juez Asociado Señor Córdova Dávila, emitió la opinión del tribunal.

Juan, Francisco y Rosario Bianchi Rosafa, dueños de ciertas fincas rústicas radicadas en las jurisdicciones de Añasco y Mayagüez, demandaron, utilizando el procedimiento de desahucio, ante las Cortes Municipales de Mayagüez y Añasco, a la Señora Estela Bianchi, subarrendataria de dichas fincas. Al mismo tiempo que radicaron estas acciones, los demandantes acudieron a la Corte de Distrito de Mayagüez solicitando la expedición de un auto de injunction contra la referida Estela Bianchi. Alegaron los demandantes, como base para justificar su solicitud de injunction, que el contrato de arrendamiento de las fincas mencionadas venció en 15 de agosto de 1930 y que dichas fincas fueron arrendadas por los demandantes a la sociedad Russell & Cía., con el compromiso de entregarlas a esta sociedad al vencimiento del arrendamiento contraído con la demandada y que a pesar de estar el contrato vencido, la subarrendataria Estela Bianchi continuó en la posesión de las fincas contra la voluntad de los demandantes. Se pidió un auto de injunction dirigido a la demandada para que se abstuviera de impedir que los demandantes tomaran posesión inmediata de las fincas y para que la demandada permitiera la entrada de la nueva arrendataria en dichos terrenos mientras se sustanciaban las acciones de desahucio entabladas por los demandantes contra la demandada en las Cortes Municipales de Mayagüez y Añasco. La Corte de Distrito de Mayagüez expidió el auto solicitado, ordenando a la demandada Estela Bianchi que se abstuviese de impedir que los demandantes tomasen posesión de las fincas objeto del procedimiento de desahucio y de perturbar a dichos demandantes o a la arrendataria en la posesión y disfrute de las mismas, todo ello mientras no se resolviesen en definitiva los pleitos de desahucio radicados por los demandantes contra la demandada en las Cortes Municipales de Mayagüez y Añasco, mediante sentencia...

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