Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 9 de Febrero de 1903 - 5 D.P.R. 136

EmisorTribunal Supremo
DPR5 D.P.R. 136
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 1903

5 D.P.R. 136 (1904) EL BANCO TERRITORIAL Y AGRICOLA V. PUIG EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO El Banco Territorial y Agrícola v. Puig.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Arecibo.

No. 29.-Resuelto en febrero 11, 1904.

EXPOSICION DEL CASO.

Vistos estos autos promovidos en la Corte del Distrito de Arecibo, entre partes de la una el Banco Territorial y Agrícola establecido en esta Capital dirigido y representado en esta Superioridad por el Letrado D. Juan de Guzmán Benítez, como apelado, y de la otra, D. Miguel Valentín Puig Enseñat, propietario, a quien representa y dirige el Letrado Don Jacinto Texidor como apelante, sobre desahucio; habiendo sido declarados rebeldes los otros dos demandados D. Lorenzo Joy y D. Calixto Arocho, quienes tampoco comparecieron en esta Superioridad, sustanciándose la apelación respecto a (*) ellos con los estrados del tribunal, autos pendientes ante nos en virtud de recurso de casación, hoy de apelación, interpuesto por D. Miguel Valentín Puig Enseñat contra la sentencia pronunciada que copiada a la letra dice así: "Sentencia. No. 5. En Arecibo a 9 de febrero de 1903. Visto en juicio oral y público ante esta corte de distrito el juicio de desahucio promovido por el Banco Territorial y Agrícola de San Juan, representado y dirigido por el Letrado D. Juan de Guzmán Benítez, contra D. Francisco Castañer, D.

Calixto Arocho y D. Lorenzo Joy, propietarios y vecinos de Ciales, por su propio derecho y como representantes de D. Valentín Puig Enseñat, dirigido el primero por el Letrado D. Elpidio de los Santos Laguardia y los otros dos en rebeldía.

"1. Resultando: que con fecha 23 de septiembre último, el Letrado D. Juan de Guzmán Benítez a voz y nombre del Banco Territorial y Agrícola de San Juan presentó demanda ante este tribunal contra Don Francisco Castañer, D.

Calixto Arocho y D. Lorenzo Joy, por sí y como representantes de D. Valentín Puig y Enseñat exponiendo: que por escritura pública otorgada en 18 de enero de 1896 ante el Notario D. Mauricio Guerra, D. Lorenzo Joy y Colón hipotecó al banco la hacienda de café denominada `Honradez' que era de su propiedad, y que en dicha escritura se describe así: `Rustica, hacienda de café denominada "Honradez," sita en la jurisdicción de Ciales y en el barrio de Cialitos de aquel término por el cual atraviesa el río llamado Cialitos, corriendo de la parte sudoeste a la norte noroeste, siendo la medida superficial de dicha finca 648 cuerdas 66 céntimos, equivalentes a 254 hectáres, 94 áreas, 90 centiáreas de terreno, de las que 400 cuerdas están sembradas de café y plátanos, 20 de pastos, malojillo y cañas dulces y el resto de pastos naturales, montes y malezas, conteniendo dicha finca los edificios siguientes: una casa de dos pisos, construída de maderas del país y techada de hierro galvanizado, cuyos altos sirven de habitación al dueño y su familia y los bajos están destinados a almacén; otra casa, también de dos pisos, construída de madera y mampostería de 17 metros de frente y 20 de fondo, de 4 plantas en la actualidad y con techo de hierro galvanizado, en donde está instalada la maquinaria para la manipulación del café o sean los aparatos siguientes: maquinaria de (*) despulpar, gran modelo; lavador mecánico de rotación vertical; centrífuga de enjugar; secadora mecánica de aire calentado, sistema Guardiola No. 2; tahona de lustrar y pilar café de masas circulares y 25 rotaciones por minuto; venteadoras y limpiadoras mecánicas; clasificadoras de café en cinco grupos; tren de dragas combinadas para la elevación y arrastre del fruto a los diferentes aparatos; y una gran rueda hidráulica que mueve toda esa maquinaria, de 5 metros de diámetro por 90 centimetros entre gualderas, utilizando para su movimiento 125 litros de agua por minuto, los cuales toma del río Cialitos dentro de la misma propiedad y conducidos por un canal de mampostería hidráulica; otra casa de madera, techada de hierro galvanizado, de dos plantas, sirviendo la segunda o planta alta para habitaciones de mayordomos y dependientes, y el piso bajo para depósitos de provisiones y otros efectos; otra casa de dos pisos de madera, techada de zinc, destinados los bajos a cuadra con pesebre y el alto a almacenes y alojamiento para los peones que están al servicio de los establecimientos; otra casa de una sola planta, de madera y zinc, conteniendo en su interior un horno para cocer pan y demás útiles de panadería para el consumo de la finca; existiendo, además, en diferentes puntos 39 casas rústicas para habitaciones de jornaleros; tres cuarteles de madera, techados de zinc, capaces para vivienda de 10 jornaleros cada uno; la carnicería, situada en la plaza de la finca; y el matadero a orillas del río Cialitos; lindando la referida finca, al este con tierras de Don José Ramón Figueroa Lebrón, Raimundo de la Cruz, Sucesión de Luisa...

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