Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Diciembre de 1936 - 51 D.P.R. 174

EmisorTribunal Supremo
DPR51 D.P.R. 174
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 1936

51 D.P.R. 174 (1937) PUEBLO V. OCASIO RIVERA

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico, demandante y apelado,

v.

Aureo Ocasio Rivera, acusado y apelante.

Núm.: 6579

Sometido: Marzo 16, 1937

Resuelto: Marzo 30, 1937.

Moción interesando concesión de término para radicar la transcripción de evidencia. No ha lugar.

Ismael Soldevila, abogado del apelante; R. A. Gómez, Fiscal, abogado de El Pueblo, apelado.

El Juez Asociado Señor Córdova Dávila emitió la opinión del tribunal.

Aureo Ocasio Rivera, declarado culpable de un delito de adulterio en 17 de diciembre de 1936, y condenado a sufrir la pena de un año de cárcel, $100 de multa y las costas, apeló de la sentencia, y, habiendo transcurrido el término señalado por la ley sin solicitar orden alguna para la transcripción de evidencia, pide ahora que esta corte le conceda autorización para radicar la referida transcripción dentro de un término razonable. Basa su petición el acusado en que el Lic. Justo A. Casablanca cesó como abogado del caso estando el peticionario en la creencia de que se había solicitado y obtenido la correspondiente orden sobre transcripción de evidencia dentro del término legal. Alega que basado en esta creencia pidió al taquígrafo que actuó en el juicio que preparase cuanto antes la transcripción de evidencia, cuyo importe tiene satisfecho, y que por carta del citado taquígrafo ha sabido que no se pidió dentro del término legal la orden referida. Añade, por conducto de su nuevo abogado Sr. Ismael Soldevila, que en lo acontecido no ha mediado culpa de su parte y que no habrá demora innecesaria en la prosecución del recurso, ya que el taquígrafo del tribunal de distrito ha prometido preparar la transcripción dentro de un breve plazo. Las razones aducidas en apoyo de la petición no parecen suficientes para conceder el término solicitado. No dice el acusado que estuviese en la creencia de que se había solicitado la transcripción de evidencia, porque su abogado le suministrara erróneamente esta información. Su creencia, en todo caso, debe surgir de haberse figurado que se había cumplido con este requisito por parte del referido...

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