Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 52 D.P.R. 11

EmisorTribunal Supremo
DPR52 D.P.R. 11

52 D.P.R. 11 (1937) AMERICAN INDEMNITY CO. V. MUÑOZ

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

American Indemnity Co., demandante y apelante,

v.

Ramón Aníbal Muñoz, demandado y apelado.

Núm.: 7151,

Sometido: Abril 27, 1937,

Resuelto: Julio 16, 1937.

Sentencia de Pablo Berga, J.

(San Juan), sobre excepciones previas de falta de capacidad legal para demandar y falta de hechos suficientes para constituir causa de acción, declarando sin lugar demanda en cobro de dinero, sin costas. Revocada y devuelto el caso para ulteriores procedimientos.

Besosa & Besosa, abogados de la apelante; Emilio S. Belaval, abogado del apelado.

El Juez Asociado Señor Hutchison emitió la opinión del tribunal.

La American Indemnity Co. apela de una sentencia desestimatoria dictada por

la Corte de Distrito de San Juan después de haber declarado con lugar unas

excepciones previas basadas en falta de capacidad para demandar y en falta

de hechos suficientes para determinar una causa de acción.

La compañía de seguros alegó

substancialmente que es una compañía de fianzas

de Tejas con oficina principal en Galveston, Tejas, y que no tenía oficinas

ni había efectuado negocio alguno de seguros en Puerto Rico; que la

demandante había expedido a la Lykes Brothers Steamship Co., Inc., otra

corporación no residente en Puerto Rico con oficinas en Galveston, Tejas,

una fianza (schedule bond) para cubrir e indemnizar en Galveston, Tejas,

cualesquiera pérdidas sufridas por la compañía marítima hasta la suma de

$25,000 de un cierto número de empleados de ésta que se encontraban

ejerciendo sus funciones en distintos territorios; que en diciembre, 1928,

Muñoz, un empleado de la compañía de vapores en San Juan, P. R., fué

incluído en dicha fianza a virtud de una solicitud que firmó éste haciéndose

responsable para con la demandante y obligándose a indemnizar a ésta de

cualquier pérdida pagada por la demandante a la compañía marítima, debido a

las actuaciones y cumplimiento de los deberes del demandado como agente y

empleado de dicha compañía; que posteriormente, mientras estaba en vigor

dicha fianza, Muñoz tuvo una diferencia y déficit de dinero en sus cuentas

como agente y empleado de la compañía de vapores y que después de éste hacer

ciertos abonos quedó un saldo por un total de $4,161.81 cuya cantidad fué

reclamada por la compañía marítima a la aquí demandante, de acuerdo con los

términos de la fianza; que la demandante pagó a la compañía de vapores la

suma de $4,161.81 de acuerdo con los términos de la fianza prestada e

incurrió en gastos por la suma de $500 en determinar y ajustar dicha

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