Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Julio de 1938 - 53 D.P.R. 442

EmisorTribunal Supremo
DPR53 D.P.R. 442
Fecha de Resolución12 de Julio de 1938

53 D.P.R. 442 (1938) DE LOS SANTOS V. SEIJO TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Matías de los Santos Fructuoso, demandante y apelado, v.

José Seijo y Carmen Mercedes Gómez, demandados y apelantes. Félix de los Santos, demandante y apelado, v.

José Seijo y Carmen Mercedes Gómez, demandados y apelantes.

Núms.: 7688 y 7689 Sometidos: Mayo 23, 1938 Resueltos: Julio 12, 1938.

Mociones sobre desestimación de apelaciones, interpuestas éstas contra Sentencias de C. Llauger Díaz, J. (San Juan), declarando con lugar demandas de injunction para recobrar posesión, con costas y honorarios de abogado. Desestimados los recursos.

  1. Iriarte, F. Fernández Cuyar y H. González Blanes, abogados de los apelantes; Aurelio Rivas, abogado del apelado.

El Juez Presidente Señor Del Toro emitió la opinión del tribunal.

Los demandantes apelados solicitan la desestimación de estos recursos interpuestos por los demandados contra sentencias por virtud de las cuales se declararon con lugar las demandas en dos pleitos sobre injunction posesorio. Los pleitos se vieron conjuntamente en la corte de distrito y los fundamentos de sus sentencias se expusieron por dicha corte en una sola opinión. Seguiremos el mismo procedimiento. En la demanda correspondiente al recurso Núm. 7688, Matías de los Santos alegó substancialmente que dentro del año precedente a su presentación estuvo en posesión real y material de una parcela de terreno, que describe; que los demandados acompañados de sus empleados en mayo 13, 1937, sin su consentimiento y contra su voluntad, violentamente, penetraron en dicha parcela, cortaron árboles y construyeron una cerca encerrando dentro de la misma una porción de ciento dos metros cuadrados que se describe, tomando posesión de ella y despojando de su posesión al demandante; que el mismo día y en la misma forma los demandados destruyeron una cerca de alambre que marcaba la colindancia norte de la parcela poseída por el demandante y construyeron una letrina privando al demandante de la posesión del terreno que ocuparon para ello, que se describe, y que sobre la porción que ocuparon y cercaron comenzaron a fabricar una casa.

Y en la demanda correspondiente al recurso Núm. 7689, Félix de los Santos substancialmente alegó que se hallaba en posesión real y material de cierto solar, que describe, y que los demandados violentamente y contra su voluntad penetraron en el mismo quitando una cerca de alambre que marcaba la colindancia sur que lo separaba del solar que ocupaba el otro demandante Matías de los Santos y cavaron un hoyo para ser usado como parte de una letrina, ocupando con la caseta de la misma el espacio de terreno que describen, despojando de su posesión...

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