Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Octubre de 1938 - 56 D.P.R. 756

EmisorTribunal Supremo
DPR56 D.P.R. 756
Fecha de Resolución24 de Octubre de 1938

56 D.P.R. 756 (1940) PUEBLO V. OLIVERA RIVERA

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico, demandante y apelado,

v.

Ramón Olivera Rivera, acusado y apelante.

Núm.: 8017

Sometido: Abril 25, 1940

Resuelto: Mayo 20, 1940.

Sentencia de M. Romany, J. (San Juan), condenando al acusado por delito de Ataque para cometer Homicidio. Confirmada.

R.

Rivera Zayas, abogado del apelante; R. A. Gómez, Fiscal, abogado de El Pueblo, apelado.

El Juez Asociado Señor Travieso emitió la opinión del tribunal.

[P 757] Ramón Olivera Rivera fué acusado por el fiscal de la Corte de Distrito de San Juan del delito de atentado a la vida. El jurado le encontró culpable de ataque para cometer homicidio y la corte le condenó a sufrir la pena de un año de presidio con trabajos forzados. Contra esa sentencia se por el acusado el presente recurso.

El primer error que se señala trata de la apreciación errónea que de la evidencia hizo el jurado. Veamos en qué consiste la ofrecida por el fiscal. día 24 de octubre de 1938 el perjudicado, Amalio Lugo Gutiérrez, trabajaba de portero en un café de esta ciudad conocido por "El Gato Negro." ían aproximadamente las dos de la madrugada de ese día cuando el acusado entró en el referido café en estado de embriaguez, sin chaqueta y con la camisa por fuera. Lugo le dijo que en esas condiciones no podía permanecer en el café y el acusado se incomodó por ello, a tal extremo, que Antonio Carrasco Carvajal, dueño a la sazón del restaurante, tuvo que ordenar que le de él, lo que hizo Lugo asistido de otro empleado del establecimiento. Transcurrida media hora, el acusado regresó, y esta vez el cabo de la Policía Insular, David Cintrón, le ordenó que se retirase del lugar. Así lo hizo el acusado acompañado de un repórter de nombre Mariotta, quien interpuso sus buenos oficios. Cerrado el establecimiento a eso de las 2:30 de la madrugada, Lugo se dirigió a otro restaurante de esta ciudad conocido por "La Cafetera," y había terminado de comer unos sandwiches y de tomar café acompañado de dos amigos, cuando llegó a dicho sitio el acusado, coincidiendo su llegada con la salida de Lugo. El acusado se dirigió a Lugo en forma despectiva y acto seguido sacó un revólver y le hizo dos disparos alcanzándolo en una pierna y en el tórax lateral derecho. A pesar de los disparos Lugo pudo huir, siendo más tarde ingresado en el Hospital Municipal. En el lugar de los hechos, los amigos que acompañaban a Lugo [P 758] agredieron y desarmaron al acusado, quien también tuvo que ser asistido en un cuarto de socorro.

La evidencia aportada por la defensa es consistente con la del fiscal excepto en cuanto a que el acusado no se encontraba en...

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