Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Julio de 1941 - 59 D.P.R. 160

EmisorTribunal Supremo
DPR59 D.P.R. 160
Fecha de Resolución15 de Julio de 1941
59 D.P.R. 160 (1941) PILLOT V. WHITE STAR BUS LINCE, INC.
TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO LUISA PILLOT, demandante y apelada,
v.
WHITE STAR BUS LINE INC., demandada y apelante. Núm. 8312 59 D.P.R. 160 (1941) 15 de julio de 1941 MOCIÓN sobre desestimación de apelación, interpuesta ésta contra SENTENCIA de R. La Costa, Jr., J., (San Juan), declarando con lugar demanda de daños y perjuicios, con costas. Desestimado el recurso. APELACIÓN -- REVISIÓN -- CUESTIONES SOBRE LOS HECHOS Y CONCLUSIONES -- APRECIACIÓN DE LAS ORUEBAS -- CONCLUSIONES SOBRE LAS MISMAS -- PRUEBA CONTRADICTORIA. -- En la apelación en que solo este envuelta una cuestión de apreciación de prueba contradictoria, la sentencia recurrida puede únicamente revocarse por error manifiesto o pasión, prejuicio o parcialidad del tribunal sentenciador en esa apreciación. ID. -- DESESTIMACIÓN -- CAUSAS O MOTIVOS PARA OBTENERLA Y SUFICIENCIA-- APELACIÓN FRÍVOLA. -- Las mociones de frivolidad no deben usarse para sustituir las vistas regulares de casos en el fondo. Ello no obstante, cuando se observe que el recurso es meramente dilatorio y que la sentencia habrá de ser confirmada necesariamente, entonces proceden, aunque su resolución envuelva los méritos del caso. Celestino Iriarte, F. Fernández Cuyar y H. González Blanes, abogados de la apelante; Ciro Malatrasi, Jr., y Victor M. Marchan. abogados de la apelada. EL JUEZ PRESIDENTE SEÑOR DEL TORO emitió la opinión del tribunal. [P161] La parte apelada solicita la desestimación del recurso interpuesto en este caso, por frívolo. Señalada la vista de la moción para junio 23, solo compareció la apelada por su abogado. La apelante radicó su oposición por escrito. Se concedieron a la apelada cinco días para expresar también por escrito los fundamentos de su petición. así lo hizo en efecto, archivando su memorandum, notificado a la parte contraria, en junio 27 último. Se trata de una reclamación sobre daños y perjuicios. La demandada negó general y específicamente los hechos de la demanda y como defensas especiales alegó que la demanda no aducía hechos suficientes para determinar una buena causa de acción, que el accidente tuvo por causa próxima directa la negligencia de la demandante, que dicho accidente se debió a la negligencia contribuyente de la demandante y que en el no medio negligencia alguna por parte de la demandada. Fue el pleito a juicio y la corte lo resolvió por sentencia de noviembre 14, 1940, declarando la demanda con lugar y condenando a la demandada a pagar a la demandante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Noviembre de 1954 - 77 D.P.R. 544
    • Puerto Rico
    • 30 Noviembre 1954
    ...Line, 50 D.P.R. 833; Rivera v. Colón, 58 D.P.R. 158; Bernard v. P.R. Ry. Light -- P. Co., 60 D.P.R. 218; Pillot v. White Star Bus Line, 59 D.P.R. 160. La sentencia apelada será El Juez Asociado Sr. Ortiz no intervino. NOTAS AL CALCE DE LA OPINIÓN La opinión emitida por el Juez, señor de Jes......
1 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Noviembre de 1954 - 77 D.P.R. 544
    • Puerto Rico
    • 30 Noviembre 1954
    ...Line, 50 D.P.R. 833; Rivera v. Colón, 58 D.P.R. 158; Bernard v. P.R. Ry. Light -- P. Co., 60 D.P.R. 218; Pillot v. White Star Bus Line, 59 D.P.R. 160. La sentencia apelada será El Juez Asociado Sr. Ortiz no intervino. NOTAS AL CALCE DE LA OPINIÓN La opinión emitida por el Juez, señor de Jes......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR