Ley Núm. 125, 10/28/13, 2 Sesión Ordinaria, Efectivo 07/01/14.

Legislatura2013-2016
EventoLey
MedidaP C1228
AutoresRep. Jaime R. Perelló Borrás, Rep. Miembros del PPD
Fecha28 de Octubre de 2013

(P. de la C. 1228)

LEY NUM. 125

28 DE OCTUBRE DE 2013

Para enmendar la Seccion 3030.03 de la Ley 1-2011, segun enmendada, conocida como el ``Codigo de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico'', a los fines de eximir a todo residente bona fide de la isla municipio de Culebra y de la isla municipio de Vieques de la totalidad del pago de arbitrios por la compra de vehiculos impulsados por energia alterna o combinada.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La isla municipio de Culebra constituye uno de los patrimonios ambientales mas importantes del archipielago de Puerto Rico. En reconocimiento al valor geografico, social y cultural de ese municipio, el Ejecutivo ha desarrollado el Plan ``Culebra, Pionero Ambiental''. Dicho Plan, a grandes rasgos, constituye un proyecto de planificacion y desarrollo para la isla de Culebra con la finalidad de convertirla en el primer municipio autosuficiente en la utilizacion y consumo de fuentes de energia renovable.

Entre las propuestas contendidas en el Plan, se encuentra eximir a los residentes bona fide de dicho municipio del cien por ciento (100%) del pago de arbitrios por la compra de vehiculos impulsados por energia alterna o combinada y que dispongan adecuadamente de su vehiculo de motor anterior. Con esta medida se procura fomentar la reduccion del uso de los derivados de petroleo en la transportacion colectiva e individual. Entre los vehiculos impulsados por energia alterna o combinada se encuentran los autos hibridos y electricos entre otros.

Esta Asamblea Legislativa reconoce la importancia y relevancia del Plan ``Culebra, Pionero Ambiental''. Por ende, estimamos necesario aprobar legislacion a los fines de enmendar la Ley 1-2011, conocida como el ``Codigo de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico,'' para eximir a todo residente bona fide de la isla municipio de Culebra de la totalidad del pago de arbitrios cuando estos adquieran vehiculos impulsados por energia alterna o combinada. Reconociendo las circunstancias similares de los residentes de la isla municipio de Vieques, esta Ley incorpora la misma exencion para los residentes de dicha isla municipio. Sin embargo, en consideracion a la falta de inventario en el mercado automovilistico de vehiculos electricos, se dispone que la exencion establecida en esta Ley sea efectiva a partir del segundo semestre del ano 2014. De esta forma le brindamos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR