Res. Conj. 5, 02/09/16, 7 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.

Legislatura2013-2016
EventoResolución Conjunta
MedidaRCS0556
AutoresSen. Gilberto Rodríguez Valle
Fecha 9 de Febrero de 2016

(R. C. del S. 556)

RESOLUCION CONJUNTA NUM. 5

9 DE FEBRERO DE 2016

Para autorizar al Secretario de la Vivienda a disponer de todos los lotes de terreno residenciales vacantes en comunidades administradas por la Secretaria de Adquisicion y Venta del Departamento de la Vivienda y pertenecientes a la extinta Corporacion de Renovacion Urbana y Vivienda de Puerto Rico; autorizar la revision o condonacion de las hipotecas con balances no mayores de mil dolares ($1,000.00); y autorizar a otorgar nuevas ventas de propiedades vacantes o reposeidas de acuerdo con los precios establecidos en las ordenes administrativas vigentes o futuras, asi como establecer condiciones para la venta de las propiedades objeto de los beneficios de esta legislacion; y para otros fines.

EXPOSICIoN DE MOTIVOS

La Corporacion de Renovacion Urbana y Vivienda de Puerto Rico fue disuelta mediante la Ley 55-1991. A la vez se creo la Oficina para la Liquidacion de Cuentas de la extinta CRUV, que iba a ser dirigida por un sindico especial.

Posteriormente, y cuando se dio por cumplido el proposito de la sindicatura, se aprobo la Ley 106-1998, que ordeno el cierre de la Oficina de Liquidacion de Cuentas y transfirio al Departamento de la Vivienda todos los activos que pudieran quedar de la CRUV y de la Oficina del Sindico Especial. A su vez, ordeno al Secretario a culminar el proceso de la liquidacion, con todos los poderes, facultades, defensas y deberes que antes tenia el sindico.

Al presente han transcurrido veintitres (23) anos de la eliminacion de la CRUV y la inmensa mayoria de las hipotecas constituidas a su favor han sido satisfechas. No obstante, se han identificado un grupo de prestamos hipotecarios de mas de cinco (5) anos de constitucion, cuyo balance de cancelacion al dia de hoy fluctua entre menos de mil dolares ($1,000.00) hasta quince mil dolares ($15,000.00). Muchos de estos prestamos se encuentran en atrasos o se encuentran al dia acogidos a un plan de pago. Los costos de administrar estos prestamos y de presentar las acciones de cobro de dinero y ejecucion de hipoteca por la via judicial, en los casos en que proceda, es demasiado oneroso. Incluso, dicha accion podria significar perdidosa en la ecuacion costo-beneficio al llevar la accion judicial de recobro.

Los tenedores de estas hipotecas, por su parte, son personas de la tercera edad o que estan atravesando por problemas economicos, y no cuentan con suficientes ingresos...

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