Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Febrero de 2015, número de resolución KLCE201500004
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500004 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 2015 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Caso Núm.: D AC2010-0555 (706) Sobre: Daños por Incumplimiento de Contrato; Daños y Perjuicios y Resolución de Contrato |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Romero García.
Brignoni Mártir, Jueza Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 11 de febrero de 2015.
El 7 de junio de 2015, el Municipio de Naranjito (el Municipio o el Peticionario), compareció ante nos mediante recurso de Certiorari. En dicho recurso, nos solicita que se expida el auto solicitado y se revoque la Orden emitida el 10 de noviembre de 2014, notificada el 12 de noviembre de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI). Mediante ésta, el TPI acogió la solicitud presentada por Alfa & Omega Electric, S.E. (A&O) de eliminar como testigo a su perito y por consiguiente, el informe pericial del Peticionario.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se deniega la expedición del auto de certiorari. Veamos los hechos procesales que dieron origen a la presente controversia.
El 2 de marzo de 2010, A&O instó una Demanda por cobro de dinero e incumplimiento de contrato contra el Municipio. En la misma, alegó que el 3 de enero de 2005 suscribió un contrato con el Municipio para suplirle todo el equipo, material y mano de obra para realizar trabajos en la primera fase de movimiento de terreno del Coliseo Municipal de Naranjito. Dicho contrato, conforme a los términos pactados, tenía una vigencia de 6 meses, comenzando el 1 de diciembre de 2004 y finalizando el 30 de junio de 2005. La totalidad de los servicios contratados ascendían a $4,980,000.00. En la Demanda, A&O reclamó el pago total de compensación por extended overhead, ascendiente a $1, 938,008.56.
El 7 de septiembre de 2010, el Municipio contestó la Demanda negando en su mayoría las alegaciones.1
Posterior a ello, el 19 de octubre de 2010, A&O inició el descubrimiento de prueba cursándole un Pliego Interrogatorio y Requerimiento de Admisiones al Municipio. No obstante, no fue hasta el 11 de septiembre de 2012, que el Municipio hizo entrega a A&O de su Contestación al Pliego Interrogatorio y Requerimiento de Admisiones, previo a celebrarse la Conferencia sobre el Estado de los Procedimientos en esa misma fecha.
Así las cosas, el 12 de noviembre de 2013, estaba pautado a celebrarse el Juicio en su Fondo. No obstante, ante la condición de salud del representante legal del Municipio, dicho señalamiento se convirtió a una Conferencia con Antelación a Juicio. En la misma, las partes vertieron para record los siguientes acuerdos en cuanto al descubrimiento de prueba: en 60 días ambas partes deberán anunciar los peritos y en 30 días se rendirían los informes. Por lo que al 30 de enero de 2014 se deberá haber informado al Tribunal quienes serán los peritos de las partes.2 El foro primario acogió dichos acuerdos y autorizó reabrir nuevamente la etapa de descubrimiento de prueba. Por consiguiente, señaló una nueva Conferencia con Antelación a Juicio para el 23 de marzo de 2014 y la celebración del Juicio en su Fondo para el 14 y 15 de abril de 2014.
Luego de extensos trámites procesales, el 20 de junio de 2014, se celebró la Conferencia con Antelación a Juicio ante el TPI. En la misma, el representante legal del Municipio expresó que no se concretó la contratación del perito que se proponía utilizar, por lo que el foro primario le concedió 60 días al Peticionario para informar la prueba pericial. Por consiguiente, señaló una Vista Transaccional para el 22 de septiembre de 2014.3 El 22 de septiembre de 2014, según señalada, se celebró la Vista Transaccional a la que comparecieron las partes con sus representantes legales. En la misma, el...
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