Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2012, número de resolución KLAN201000547

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201000547
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2012

LEXTA20120831-013 R&G Premier Bank of PR V. Moran del Jesús

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL CAGUAS

PANEL ESPECIAL

R & G PREMIER BANK OF PUERTO RICO Apelante VS. HUMBERTO JOSÉ MORÁN DE JESÚS Apelado
KLAN201000547
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Sobre: Ejecución de Hipoteca Caso Civil Núm.: ECE2009-2108

Panel especial integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Carlos Cabrera y el Juez Rodríguez Casillas.

Rodríguez Casillas, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2012.

R&G Premier Bank of Puerto Rico (en adelante R&G o el apelante), compareció el 20 de abril de 2010 a este foro apelativo para solicitar la revisión de una sentencia en rebeldía emitida el 2 de diciembre de 2009 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas.1 Mediante el referido dictamen se declaró con lugar una demanda sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria presentada por R&G contra la parte apelada, el señor Humberto José Morán de Jesús (en adelante el señor Morán o el apelado). En específico, el foro de instancia condenó al señor Morán

al pago de: (a) $134,070.92 de principal, contribuciones, recargos, primas de seguro e intereses al 7 3/8% anual pactados y acumulados hasta la fecha de la sentencia; (b) costas; (c) $6,703.50 por honorarios de abogado; y (d) al pago de intereses legales sobre la cuantía de la sentencia a razón de 4.25% anual, contado a partir de la fecha de dicho dictamen.

En síntesis, R&G nos solicita que modifiquemos la sentencia apelada en cuanto a las sumas que el foro de instancia determinó que el señor Morán debía pagar por concepto de intereses, costas, gastos y honorarios de abogado.

El 13 de agosto de 2010, este tribunal apelativo ordenó al señor Morán a que presentara su alegato, lo que no hizo. El 25 de agosto de 2011 emitimos una segunda orden con un término final de quince (15) días para que sometiera su alegato y se le advirtió que de no hacerlo resolveríamos conforme los documentos que obran en autos. Al día de hoy el señor Morán no ha comparecido.

Conformado este panel el 1 de agosto de 2011 y examinado el recurso, procedemos a resolver sin el beneficio de la oposición del apelado.

-I-

Examinemos primeramente los hechos procesales que dan origen al presente recurso.

El 31 de octubre de 2006 el señor Morán obtuvo un préstamo hipotecario del apelante R&G. A esos fines, suscribió un pagaré por la suma principal de $137,000.00 con intereses pactados al 7 3/8% anual, 10% de dicho principal ($13,700.00) para costas, gastos y honorarios de abogados en caso de reclamación judicial y demás créditos accesorios.2

En aseguramiento del pagaré, el señor Morán otorgó la Escritura Pública Núm. 70., sobre constitución de hipoteca. Relacionado a las partidas garantizadas por dicha hipoteca, la mencionada escritura establece:

Para garantizar al Prestador o al tenedor por endoso del Pagaré (a) el repago de la deuda evidenciada por el Pagaré, con intereses (b) el cumplimiento de los convenios y acuerdos del Deudor aquí contenidos, (c) una cantidad adicional igual al diez por ciento (10%) de la suma original del principal del Pagaré, para cubrir costas, gastos y honorarios de abogados incurridos por el Prestador al hacer valer sus derechos bajo el Pagaré de exigir repago inmediato del Pagaré o solicitar cobro por la vía judicial o cobro en cualquier procedimiento en una quiebra del Deudor, la cual suma será considerada líquida y exigible por el mero acto de dar aviso al Deudor según se establece en el Pagaré, o de gestionar cobro, y será adicional a la suma del Pagaré (….)

El señor Morán incumplió con los términos de pago del préstamo hipotecario. Por esa razón, el 4 de abril de 2009 R&G, quien era el tenedor de buena fe del pagaré, presentó la correspondiente demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria.

Ante la incomparecencia del señor Morán, el 2 de diciembre de 2009 el foro de instancia dictó sentencia en rebeldía a favor de R&G y notificó la misma el 18 de marzo de 2010. Al señor Morán se le impuso el pago de $134,070.92 de principal, las contribuciones, recargos, primas de seguro e intereses al 7 3/8% anual, según pactado en la escritura de hipoteca y acumulados hasta la fecha de la sentencia, las costas y la suma de $6,703.50 por honorarios de abogado. Igualmente, se le impuso el pago de intereses legales al 4.25% anual sobre la cuantía de la sentencia desde la fecha del 1 de febrero de 2009 hasta su pago total.

Por último, se autorizó la venta en subasta pública de la propiedad que sirve como garantía hipotecaria al préstamo.

Oportunamente, R&G presentó el recurso de apelación que nos ocupa. Le imputa al foro de instancia la comisión de los siguientes errores:

  1. Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al no ordenar el pago de una suma equivalente al 10% de la suma principal del préstamo hipotecario por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactado entre las partes.

  2. Erró Honorable Tribunal de Primera...

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