Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Enero de 2002, número de resolución KLAN0101233

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0101233
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución25 de Enero de 2002

LEXTCA20020125-01 Sweeping & Vacuum Unlimited v. Municipio de Río Grande

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL CAROLINA-FAJARDO

SWEEPING & VACUUM UNLIMITED, INC. Apelado v. MUNICIPIO DE RÍO GRANDE Apelante KLAN0101233 A P E L A C I Ó N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina SOBRE: COBRO DE DINERO Caso Núm. FCD1999-2508 (407)

Panel integrado por su presidente, Juez Miranda De Hostos, la Jueza Hernández Torres y el Juez Martínez Torres

Miranda De Hostos, J.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de enero de 2002.

La parte apelante el Municipio de Río Grande (Municipio), nos solicita que revoquemos una sentencia sumaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, que declaró con lugar la demanda de cobro de dinero que presentara la parte apelada Sweeping & Vacuum Unlimited, Inc. (Sweeping).

Alega en síntesis que, erró el tribunal de instancia al dictar sentencia sumaria determinando que no existía ningún hecho material en controversia.

Analizado el recurso de apelación presentado y su oposición, se confirma la sentencia sumaria en cuanto a la reclamación del pago del equipo que fue

materia del contrato por subasta. Se modifica sobre los demás extremos, al devolverse el caso al Tribunal de Primera Instancia para que continúe con los procedimientos en cuanto a la reclamación del equipo adquirido mediante compra directa.

Veamos los fundamentos.

I

Los hechos que dan origen al presente recurso, comenzaron cuando el Municipio celebró la subasta formal Núm. 3, Serie 1998-99, para la compra de un camión para el mantenimiento de sistemas de drenaje pluvial y/o sanitarios. Sweeping se llevó la buena pro de dicha subasta y recibió la orden de compra número 2403 por la suma total de $189,395.00 dólares. El camión le fue entregado al Municipio el 26 de febrero de 1999.

Posteriormente el Municipio adquirió de Sweeping, tres (3) máquinas adicionales de limpieza Mad-Vac, Modelo 101, mediante compra directa sin la celebración de subasta, por ser éste alegadamente el único proveedor. Las máquinas se compraron mediante la orden de compra número 02541 por el precio de $125,955.00 y fueron entregadas al Municipio el 9 de junio de 1999.

Debido a que el Municipio no pagó las maquinarias, Sweeping presentó una demanda de cobro de dinero el 13 de diciembre de 1999, en contra del Municipio reclamando la suma total de $315,350.00 dólares. En su contestación a la demanda, el Municipio alegó que los contratos eran nulos por ser contrarios a la ley, no obstante, aceptó las alegaciones referentes a la adquisición de las maquinarias.

Sweeping presentó una solicitud de sentencia sumaria en la cual alegó que no existía controversia de hecho en cuanto a que el Municipio se había obligado mediante dos (2) contratos de compraventa evidenciados por las órdenes de compra y no había cumplido con su obligación de pago, por lo que procedía que se declarara con lugar la demanda de cobro de dinero.

El Municipio presentó su oposición a la sentencia sumaria, alegando que no procedía la demanda de cobro de dinero, pues los contratos eran nulos debido a que las partidas presupuestarias al momento de otorgarse los mismos, eran insuficientes para el pago de las obligaciones. Por lo cual, solicitó que se dictara sentencia sumaria a su favor desestimando la demanda en cobro de dinero.

Ante ello, Sweeping...

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