Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Diciembre de 2007, número de resolución KLAN0700657

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0700657
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2007

LEXTA20071219-01 Eurobank & Trust Comp.

v. Zapata Labiosa

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

EUROBANK & TRUST COMPANY Demandante-Apelante V. ANTONIO E. ZAPATA LABIOSA t/c/c ANTONIO E. ZAPATA, su esposa LOLLY LOU SOLA PORTOCARRERO t/c/c LOLLY LOU SOLA ZAPATA y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandados DAVID MARK IRIZARRY Interventor-Apelado KLAN0700657 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Número: KCD 1999-0147 (607)

Panel integrado por su presidenta, la Juez Bajandas Vélez, el Juez Aponte Hernández y el Juez Morales Rodríguez

Aponte Hernández, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de diciembre de 2007.

La apelante, Eurobank & Trust

Company, nos solicita que revoquemos la sentencia emitida el 12 de abril de 2007 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Mediante la misma, dicho foro ordenó a la apelante a pagar la suma de $140,000 por concepto de saneamiento por evicción al señor David Mark Irizarry, adjudicatario de un inmueble objeto de un procedimiento de ejecución de hipoteca, el cual fue dejado sin efecto por el tribunal.

Por los fundamentos que expondremos, se modifica la sentencia recurrida en cuanto a la cuantía de daños, y así modificada, se confirma.

I

El 2 de marzo de 1999, Eurobank & Trust Company presentó ante el Tribunal de Primar Instancia (TPI) demanda sobre ejecución de hipoteca en contra de Antonio E. Zapata Labiosa, su esposa Lolly Lou Sola Portacarrero y la sociedad de gananciales compuesta por ambos, por incumplimiento de una deuda hipotecaria. Eurobank

solicitó que de no realizarse el pago de las sumas adeudadas, se procediera a ordenar la venta de la propiedad en pública subasta.

No obstante, el 16 de agosto de 2000, las partes llegaron a un acuerdo, el cual fue aprobado por el TPI mediante sentencia emitida el 11 de septiembre de 2000. Sin embargo, el Sr. Zapata incumplió los términos del acuerdo, por lo que Eurobank solicitó autorización al tribunal para ejecutar la sentencia. El 11 de febrero de 2002, el TPI dictó una orden para la ejecución de la sentencia con el correspondiente mandamiento. La fecha de la primera subasta se pautó para el 4 de diciembre de 2002.

No obstante, el 3 de diciembre de 2002, esto es, la tarde previa a la primera subasta, el Sr. Zapata efectuó el pago de lo adeudado en la sucursal de Eurobank, sita en Carolina, Puerto Rico. Sin embargo, a pesar de que la deuda había sido satisfecha, Eurobank

no notificó este hecho al TPI. Así, el 4 de diciembre de 2002, el TPI celebró la subasta según pautada, la cual se adjudicó al licitador David Mark Irizarry por la suma de $163,000.

El 6 de diciembre de 2002, Eurobank solicitó que se dejara sin efecto la subasta y que se le devolviera el dinero al Sr. Mark. El Sr. Mark Irizarry se opuso debido a la negativa de Eurobank a pagarle una compensación por los daños que le ocasionaría la anulación de la subasta. Como remedio, el Sr. Mark Irizarry también solicitó que se le devolviera la suma de $163,000 depositada bajo la custodia del alguacil durante la subasta que le fue adjudicada. El 18 de febrero de 2003, el TPI ordenó a la Oficina del Alguacil la devolución de los fondos.1

El 4 de febrero de 2005, el TPI emitió resolución, mediante la cual dejó sin efecto la orden del 11 de febrero de 2002 y la subasta celebrada el 4 de diciembre de 2002. A su vez, concluyó que Eurobank incurrió en “negligencia crasa” al no detener la subasta, pese a que tenía conocimiento de que la deuda había sido satisfecha. Por consiguiente, resolvió que Eurobank estaba obligado a pagar al Sr. Mark

Irizarry una compensación en daños basada en saneamiento por evicción ante la pérdida de la propiedad subastada. A tales efectos, convocó una vista para determinar la cuantía de la indemnización correspondiente.

No conforme, Eurobank acudió mediante recurso de certiorari al Tribunal de Apelaciones. Mediante sentencia emitida el 25 de...

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