Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2007, número de resolución KLAN070330

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN070330
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Abril de 2007

LEXTA20070430-82 Carpet

& Rugs Warehouses,Inc.,ET

AL v. Banco Popular de P.R.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

CARPET & RUGS WAREHOUSES, INC., et. al.
Demandantes – Apelados
v.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO
Interventor – Apelado
v.
TROPICAL REPS. & DIST., INC., INTEGRANDO ASSURANCE COMPANY, et. al.
Demandados – Apelante
v.
REAL LEGACY ASSURANCE CO., et. al.
Terceros Demandados – Apelado
KLAN070330
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Sobre: Incumplimiento de Contrato; Daños y Perjuicios Civil Núm: KAC05-4794

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, el Juez Hernández

Serrano y la Jueza Pabón Charneco

Pabón Charneco, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2007.

Comparece ante nos Integrand Assurance

Company, Inc., en adelante, Integrand, solicitando la revocación de una Sentencia Sumaria Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Mediante dicho dictamen, el tribunal a quo

acogió la solicitud instada por Carpets & Rugs Warehouse, Inc. y ordenó a Integrand a pagar $861,835.02 en exceso de los límites de cierta póliza emitida.

Por las razones que se esbozan a continuación, se revoca la Sentencia apelada.

I

Conforme surge del recurso ante nuestra consideración, Integrand emitió la póliza CP-7056076 a nombre de Carpets & Rugs Warehouse, Inc., en adelante, Carpets & Rugs, para asegurar un almacén localizado en el sector Industrial Minillas del Municipio de Bayamón.

El 18 de octubre de 2004, por razones desconocidas, se incendió el almacén de Carpets

& Rugs asegurado por Integrand. De inmediato, Integrand comenzó con las investigaciones y gestiones requeridas para ajustar las reclamaciones producto del siniestro.

Sin haber llevado a cabo otras gestiones previas, tres meses luego del incendio, Carpets

& Rugs le presentó a Integrand

cinco (5) declaraciones juradas en las que reclamaba ser la acreedora de las sumas aseguradas bajo las distintas cubiertas de la póliza emitida. Conforme a dichas declaraciones juradas, Integrand realizó gestiones para que se le proveyera con toda la información y evidencia necesaria para la tramitación de las partidas reclamadas. A pesar de que los intentos por conseguir dicha información fueron infructuosos, el 14 de abril de 2005, Integrand, en el descargo de sus obligaciones y dentro del témino establecido para ello, presentó a Carpets & Rugs

la primera de dos ofertas de transacción.

Esta primera carta que contenía una oferta transaccional por parte de Integrand

versa como sigue:

“…

INTEGRAND is formalizing the following offer in settlement of your

claim.

Building:

The Building coverage is $4,600,000.00 on a Replacement Cost Basis.

We have not received any

repair estimates or estimates for

replacement from you or the

insured. We did receive a certification

from engineer Emiliano Ruiz, which states that the

building is a total loss; however, no estimates quantifying your loss have

been received.

INTEGRAND had engineer Arturo Baella inspect and prepare and estimate for the

building. The total of Mr. Baellas´s estimate is $4,073,772.00.

At the present time and with the documentation

that we have

at hand INTEGRAND agrees to pay

the actual cash value of 50% of

this amount at the present

time and the remainder up to

$4,073,772.00 when the reconstruction of the building is

substantially completed.

…”

Véase, Apéndice a la pág. 190.

Esta oferta de transacción fue rechazada por Carpets & Rugs

el 19 de abril de 2005. Por tal motivo, y habiendo retomado las negociaciones entre las partes, Integrand le extendió a Carpets & Rugs una segunda oferta de transacción condicionada al cumplimiento de las condiciones y obligaciones asumidas por ésta.

Así las cosas, y sin que Integrand tuviera conocimiento, Carpets

& Rugs interpuso Demanda sobre incumplimiento de contrato y daños y perjuicios. En su Demanda, Carpets

& Rugs alegó, inter alia, que:

“…

  1. La codemandante Carpets & Rugs Warehouses, Inc. es la dueña de una propiedad inmueble localizada en la urbanización industrial Santa Rosa en el municipio de Bayamón, Puerto Rico consistente de un solar de 8,132.10 metros cuadrados y un edificio de aproximadamente 80,000 pies cuadrados.

  2. En o alrededor de agosto de 2004, la codemandante Carpets & Rugs Warehouses, Inc. refinanció el inmueble antes mencionado a través de un préstamo que obtuvo del Banco Popular de Puerto Rico. Para el 18 de octubre de 2004, fecha en que ocurrió el suceso por el cual se reclama, este préstamo tenía un balance principal de $6,225,000.00 y acumulaba un interés diario de $951.04.

  3. Con fecha de 8 de junio de 2001, el codemandante Carpets & Rugs Warehouse, Inc. y codemandado Suárez Toy House

    suscribieron un contrato de arrendamiento en virtud del cual Suárez Toy House

    recibía unos 15,000 pies cuadrados, aproximadamente, del edificio antes mencionado para utilizarlos como almacén y oficinas.

  4. Este contrato de arrendamiento fue pactado para una duración de cinco (5) años a partir del 1ro de septiembre de 2001 a partir de cuya fecha Suaréz Toy

    House pagaría la suma de $10,000.000 mensuales por los dos (2) primeros años del contrato y a partir del tercero, dicho canon de arrendamiento sería aumentado en proporción en el costo de vida, según el “Federal Consumer Rights

    Index”.

  5. Al 18 de octubre de 2004, fecha en que ocurrió el suceso por el cual se reclama, el codemandado

    Suárez Toy House pagaba a la codemandante Carpets & Rugs Warehouse, Inc. la suma de $12,371.00 mensuales por concepto de arrendamiento.

  6. Bajo el contrato de arrendamiento que suscribió con Carpets & Rugs, el codemandando Suárez Toy House solamente podía utilizar el espacio arrendando para dedicarlo al uso de almacén y oficina. Dicho codemandado se obligó a mantener el local objeto del arrendamiento en el mismo estado en que lo recibió del codemandante Carpets & Rugs Warehouse, Inc., salvo el deterioro natural del buen uso y el tiempo transcurrido.

  7. Así también, el codemandando

    Suárez Toy House se obligó a mantener y cuidar la propiedad objeto del contrato de arrendamiento como un buen padre de familia. Se obligó además a, en la eventualidad de que dicha propiedad sufriera daños, satisfacer el costo total para restituir la propiedad al estado en que se encontraba antes de ser dañada.

  8. Como parte de sus obligaciones bajo el contrato de arrendamiento, el codemandado Suárez Toy House

    obtuvo de AIICO una póliza de seguros para proteger la propiedad objeto del arrendamiento de cualquier riesgo, incluyendo daños por razón de incendio, e incluyó al codemandante Carperts

    (sic) & Rugs como asegurado adicional.

  9. El edificio en el cual el codemandando Suárez Toy House había arrendado un espacio, el codemandante Carpet

    Mart, Inc., haciendo negocios como “Rooms For Less” y “Tony´s Carpets”, también ocupaba un espacio el cual dedicaba a la venta de artículos de decoración y mejoras al hogar tales como muebles, alfombras, lámparas, enseres eléctricos, matresses, obras de arte y accesorios en general.

  10. Durante la madrugada del 18 de octubre de 2004, se suscitó un incendio en el edificio propiedad de la parte demandante que destruyó todo su interior, incluyendo inventario y demás propiedad de la parte demandante.

  11. Este incendió comenzó en las facilidades que ocupaba el codemandado Suárez

    Toy House. De hecho, horas antes de que comenzara el incendio, Suárez Toy House tenía personal dentro de las facilidades del edificio que ocupaba.

  12. Conforme a la obligación contractual con Carpets & Rugs, el codemandado Suárez Toy House se obligó a satisfacer el costo total de reparación de la propiedad inmueble objeto del arrendamiento en la eventualidad de que dicha propiedad sufriera daños.

  13. De la evaluación de los daños que dicho incendio le ocasionó al edificio propiedad de la codemandante

    Carpets & Rugs Warehouse, Inc. surge que el costo de reconstrucción de dicha edificio asciende a la suma de $4,860,000.00

  14. Como consecuencia de este incendio, dicho codemandante tuvo pérdidas por concepto de renta ascendentes a la suma de $69,871.00 mensuales. Esta suma continúa acumulándose mensualmente hasta que el edificio sea reconstruído

    (sic) y arrendado nuevamente, periodo de tiempo que se estima en un mínimo de tres (3) años desde que se comiencen los trabajos de reconstrucción.

  15. Como resultado de este incendio, el codemandante Carpet Mart, Inc. tuvo pérdida en inventario y demás propiedad ascendente a la suma de $1,141,887.96.

  16. Así también, como resultado de este incendio, el codemandante Carpet

    Mart sufrió una interrupción en la operación de su negocio ascendente a la suma de $1,179,897.80, la cual continúa acumulándose a razón de $26,815.86 mensuales.

  17. Para el período (sic) comprendido entre el 20 de noviembre del 2003 al 20 de noviembre del 2004, la codemandada Integrand expidió a favor de la parte demandante (Carpets & Rugs) la póliza número CP7056076 “Comercial Package”, para cubrir daños al edificio en cuestión (“building”), al inventario y demás propiedad mueble de la parte demandante (Carpets & Rugs) localizada en dicho edificio (“contents”) y a los daños resultantes de la interrupción de la operación comercial de la parte demandante (“business interruption”), incluyendo la pérdida de renta (“rent income”).

  18. Para el 18 de octubre de 2004, fecha en que ocurrió este incendio, la parte demandante (Carpets

    & Rugs) había pagado la póliza la prima (sic) correspondiente a la póliza mencionada al parrafo (sic) anterior en su totalidad.

  19. Tan pronto la parte demandante (Carpets & Rugs) advino en conocimiento de este incendio, dio notificación del mismo a la codemandada Integrand, procediendo posteriormente a presentar su reclamación bajo la póliza expedida.

  20. En diciembre de 2004, la parte demandante (Carpets & Rugs) presentó su reclamación a la codemandada Integrand

    por la suma de...

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