Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 7 D.P.R. 151
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 7 D.P.R. 151 |
7 D.P.R. 151 (1904) EX PARTE CARRERAS ET AL.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Ex Parte Carreras et al.
Apelación procedente de la Corte de Distrito de Mayagüez.
No. 141.-Resuelto en Junio 15, 1904.
EXPOSICION DEL CASO.
En el recurso de apelación que ante Nos pende interpuesto por Don Juan
Francisco Bernabé Carreras y Carbó, y por Doña MarÃa Laureano Carbó y
Gonzalez, que se mostraron parte ante este Tribunal Supremo, bajo la
dirección del Letrado Don Sandalio Torres Monge, solicitando la revocación y
anulación del auto dictado por la Corte de Distrito de Mayagüez, que
literalmente dice asÃ:
"Mayagüez, primero de Octubre de mil novecientos tres.
Resultando: que Don Benito Forés en representación de Don Juan Francisco
Bernabé Carreras y Carbó y Da. MarÃa Laureano Carbó y Gonzalez vecino de San
Sebastian, con presentación de dos certificaciones expedidas por el párroco
del poblado del Rosario, una referente al año 1877 y otra al año 1886, y con
ellas, y mediante información, pretende que se dispense á
Bernabé Carreras y
Laureana Carbó del cuarto grado de consanguinidad, á fÃn de que puedan
contraer matrimonio.
Resultando: que mandada oir la información, declararon varios testigos que
Bernabé Carreras y MarÃa Laureano Carbó, llevaban relaciones amorosas desde
hace cuatro ó cinco años, y estimaban conveniente el matrimonio, porque de
otra manera sufrirÃa la joven y que si no se han casado antes ha sido por
prohibirlo la ley.
Considerando: que el certificado de nacimiento de MarÃa Laureano Carbó, no
tiene fuerza legal suficiente, porque lleva fecha de 1886 la inscripción, y
ya entonces estaban en vigor los libros del Registro Civil.
Considerando: por otra parte, que los Tribunales de Justicia solo pueden
dispensar, á instancia de parte, el cuarto grado de consanguinidad, con
justa causa, y en el presente caso, no estima suficiente la que se ha
alegado.
Visto el artÃculo 133 del Código Civil. Se declara no haber lugar á otorgar
la autorización que se solicita y se deniega la licencia para contraer el
matrimonio, dispensando el parentesco de consanguinidad que une á Don Juan
Francisco Bernabé Carreras y Doña MarÃa Laureano Carbó. Lo acordaron y
firman los Sres. del Tribunal."
Resultando que notificado este auto y el de 2 de Noviembre denegando su
reforma, el Letrado Don Benito Forés interpuso recurso de apelación, que se
admitió en ambos efectos: y con citación y emplazamiento de las...
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