Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Septiembre de 1904 - 7 D.P.R. 450

EmisorTribunal Supremo
DPR7 D.P.R. 450
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 1904

7 D.P.R. 450 (1904) PUEBLO EX REL SIFRE V. CONSEJO EJECUTIVO EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO El Pueblo Ex Rel. Sifre v. El Consejo Ejecutivo de Puerto Rico.

Petición para que se dicte auto de Mandamus.

No. 6.-Resuelto en Noviembre 7, 1904 La solicitud fué presentada al Juez Asociado Sr. Hernández en su despacho.

EXPOSICION DEL CASO.

El peticionario ó demandante expone los hechos en su solicitud en la siguiente forma: Que la Sección 251 de los Estatutos Revisados de Puerto Rico ordena que el Consejo Ejecutivo de Puerto Rico hará que se impriman en la papeleta electoral oficial los nombres de cualesquiera candidatos para cargos electivos, cuando la petición sea hecha por quinientos firmantes que estén inscritos en el registro como votantes capacitados para dicha elección.

Que fundados en este precepto legal, un grupo de electores de la municipalidad de Cabo-Rojo, bajo la denominación de Partido Republicano Puro, solicitó del Hon. Secretario de Puerto Rico la inclusión en la papeleta Oficial electoral de la siguiente candidatura: Alcalde: --Ulises Pabón Rivera, residente en Cabo Rojo.

Juez Municipal: --Juan Colberg Cuesta, residente en Cabo Rojo.

Marshal del Juzgado Municipal: --Rodrigo Ramirez Vigo, residente en Cabo Rojo.

Secretario del Juzgado Municipal: --Augusto Biaggi, residente en Cabo Rojo.

Junta Escolar: --Loreto J. Montalvo, residente en Cabo Rojo; Delfín Ramirez, residente en Cabo Rojo; Julio Viscovich, residente en Cabo Rojo.

Concejales: --Federico Ronda Vilanova, residente en Cabo Rojo; Francisco J.

Bernardini, residente en Cabo Rojo; Máximo Avilés, residente en Cabo Rojo; Pedro Pascual Larracuenta, residente en Cabo Rojo; Santiago Vega, residente en Cabo Rojo.

Secretario de la Corte de Distrito del Distrito Judicial de Mayagüez: --William Falbe, residente en Mayagüez.

Marshal de la Corte de Distrito del Distrito Judicial de Mayagüez: --Rafael Maranges, residente en Mayagüez.

Que dicha petición, que fué hecha en 26 de Septiembre de 1904, está suscrita por quinientas noventa y ocho firmas, de personas que aseguran estar inscritas en el Registro como votantes capacitados para la elección que ha de verificarse el ocho de Noviembre de 1904, en la isla de Puerto Rico (según lo compruebo con el documento que acompaño bajo el num. 1.) y en su consecuencia dicha inclusión fué hecha y los nombres de los candidatos anteriormente relacionados, figuran en dicha papeleta oficial electoral.

Que con posteroridad se ha comprobado que de las...

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