Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Marzo de 1950 - 71 D.P.R. 076

EmisorTribunal Supremo
DPR71 D.P.R. 076
Fecha de Resolución24 de Marzo de 1950

71 D.P.R. 076 (1950) FERRER VDA. DE LUGO V. VARELA

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Eusebia Ferrer Vda. de Lugo, demandante y apelada, vs.

Mariano Varela, demandado y apelante

Núm. 9955

71 D.P.R. 76

24 de marzo de 1950

Sentencia de Federico Tilén, J. (San Juan), declarando con lugar demanda de injunction,

con costas y honorarios de abogado. Confirmada.

  1. Juicio--Por el Tribunal de Derecho--Conclusiones (Findings) de Hecho y de Derecho--Exposición Separada de las Cuestiones de Hecho y de Derecho.--Las cortes de distrito deben dar cumplimiento a la Regla 52( a) de Enjuiciamiento Civil en cuanto exige que ellas expongan por separado sus conclusiones de hecho y sus conclusiones de derecho.

  2. Dedicación o Consagración (Dedication)--Naturaleza y Requisitos-Aceptación--Necesidad de la Misma.--Cuando en los planos de urbanización se trazan manzanas, solares y calles y éstas se abren sobre el terreno para que den acceso a los solares como parte de la causa para venderlos, el urbanizador no necesita hacer donación alguna al municipio de los terrenos ocupados por las calles que requiera una aceptación de éste por escritura pública, ni establecer por título servidumbre de paso sobre ellos.

  3. Servidumbres--Creación, Existencia y Terminación-- Reconocimiento Tácito de Servidumbre--Servidumbre de Paso--Venta de Solares Colindantes con Calles Abiertas en Urbanizaciones.--Aceptando, sin resolverlo, que al urbanizarse terrenos, las calles abiertas como parte de la urbanización constituyan servidumbres de paso establecidas por el urbanizador, el título necesario para dejar dichas calles establecidas existe, como cuestión de hecho y de derecho, cada vez que se vende un solar en la urbanización haciendo constar que una de sus colindancias es una de las calles.

  4. Dedicación o Consagración ( Dedication)--Forma en que Opera--Personas con Derecho a Beneficiarse de la Dedicación--Compradores de Terrenos con Referencia a Planos de Urbanizaciones.--Trazado un plan de urbanización sobre un terreno dividido en manzanas, solares y calles y dejadas éstas en la realidad sobre el terreno a su libre uso y al del público, los compradores de solares adquieren el derecho de acceso a, y de usar, las calles trazadas en beneficio de sus solares y de que se les respete en ese uso, no sólo contra el urbanizador sino también contra cualquiera otra persona que limite o perturbe el uso y disfrute de la propiedad.

  5. Corporaciones Municipales--Uso de Sitios Públicos--Calles en General Obstrucción o Perturbación en General--Acción para el Cese de la Perturbación--Personas que Pueden Promoverla.-Trazado un plan de urbanización sobre un terreno dividido en manzanas, solares y calles y dejadas éstas en la realidad sobre el terreno a su libre uso y al del público, los compradores de solares dentro de ese plan tienen derecho a utilizarlas, ya se hayan aceptado o no por el municipio, y a exigir que desaparezca cualquier estorbo o perturbación que constituya un menoscabo de ese derecho. Demostrando la prueba en el caso que una caseta construída clandestinamente ocupa la casi totalidad de una de las calles abiertas al público, la aquí demandante, como compradora de un solar dentro de ese plan, tiene acción para pedir que desaparezca el estorbo.

  6. Dedicación o Consagración (Dedication)--Forma en que Opera--Personas con Derecho a Beneficiarse de la Dedicación--Compradores de Terrenos con Referencia a Planos de Urbanizaciones.--Una vez trazado un plan de urbanización sobre unos terrenos divididos en manzanas, solares y calles, si éstas se dejan en la realidad sobre el terreno a su libre uso y al del público y los solares se venden dentro de ese plan, ello basta para demostrar la consagración de las calles para fines públicos. El apelante no controvertió, con su prueba, ese hecho en el caso.

  7. Injunction

    --Acciones--Descuidos, Faltas o Demoras (Laches).--Si ha habido o no laches en el ejercicio de una acción es cuestión a determinarse por los hechos y circunstancias concurrentes de cada caso, tales y como surgen de la prueba en ellos. Los del presente caso no justifican la defensa de laches levantada.

  8. Injunction--Injunction Permanente (Perpétuo) y Otros Remedios-Personas que Pueden ser Impedidas o Restringidas (Restrained).--En este pleito para abatir un estorbo constitutivo de un menoscabo del derecho al uso de una calle de una urbanización-ocupación por el demandado de la casi...

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