Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 16 de Enero de 1952 - 73 D.P.R. 026

EmisorTribunal Supremo
DPR73 D.P.R. 026
Fecha de Resolución16 de Enero de 1952

73 D.P.R. 026 (1952)

GONZÁLEZ V. TRIBUNAL DE CONTRIBUCIONES

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Gloria P. de González y Eduardo G. González, peticionarios

vs.

Tribunal de Contribuciones de P. R., demandado; Tesorero de Puerto Rico, interventor

Núm. 264

73 D.P.R. 26

16 de enero de 1952

Recurso de Revisión, mediante certiorari especial, contra Resolución del Tribunal de Contribuciones. Confirmada la resolución recurrida.

  1. Leyes de Rentas Internas--Insulares Imposición y Determinación de la Contribución, Tributo o Impuesto--Alzada para Ante el Tribunal de Contribuciones--Revisión de las Decisiones del Tribunal--Cuestiones a Considerar y Resolver.--Cuando una corporación traspasa sus acciones a una nueva corporación que se organiza con el mismo fin, aportando a ésta su activo y pasivo y ciertos arrendamientos por ella poseídos, no es necesario determinar si hubo o no una reorganización o si surgió una transacción tributable para el año en que los accionistas de la extinta corporación adquirieron las acciones de la nueva, si el valor de los arrendamientos es el mismo tanto antes como inmediatamente después de constituída la nueva corporación y no se altera dicho valor en forma alguna por el traspaso, y si además no hay prueba de que las acciones de la nueva corporación tienen un valor distinto a las de la extinta en la fecha de su adquisición.

  2. Id.--Id.--Procedimientos en General--Defectos y Errores y Presunción de Corrección.--Toda determinación contributiva hecha por el Tesorero se presume correcta, correspondiendo al contribuyente ofrecer prueba para destruir tal presunción.

  3. Id.--Id.--Alzada para Ante el Tribunal de Contribuciones--Revisión de las Decisiones del Tribunal--Revisión--Alcance y Extensión Según las Cuestiones Sean de Hecho o de Derecho.--Si una corporación traspasa sus acciones a una nueva corporación que se organiza con el mismo fin y aporta su activo y pasivo--excediendo éste a aquél--así como los arrendamientos por ella poseídos, el valor de los cuales al negociar con la nueva corporación no se altera con el traspaso, más no se ofrece prueba respecto al canon de los arrendamientos a pagarse o de los beneficios que en cada uno de ellos se obtiene a la fecha del traspaso, de todo ello, en unión a la situación prevaleciente para dicha fecha, el tribunal de instancia puede concluir, a pesar de la prueba que tuvo ante sí respecto a los arrendamientos, que el valor de éstos tanto en manos de la extinta corporación como al efectuarse el traspaso es cero y que cuando años más tarde los accionistas de la vieja corporación vendieron las acciones que recibieron de la nueva, obtuvieron un beneficio sujeto a tributación.

Brown, Newsom & Córdova, abogados de los peticionarios.

Hon. Procurador General Víctor Gutiérrez Franqui

y José A. García Malpica, Procurador General Auxiliar, abogados del interventor, querellado en el pleito principal.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON. JUEZ MARRERO

Veintiún años ha existió en San Juan la corporación Bruno -- González. Se dedicaba a la exhibición de películas cinematográficas de las productoras Paramount, Metro y Columbia en los teatros Rialto, Capitol y Tres Banderas poseídos por ella en arrendamiento. Sus accionistas exclusivos lo eran Julio R. Bruno y Eduardo G.

González. Para aquel entonces Rafael Ramos Cobián se dedicaba asimismo a idéntico negocio y exhibía películas de la Fox, R.K.O., Universal y Artistas Unidos en los teatros Olimpo, Fox, Liberty y Victoria que también poseía en arrendamiento. Debido a la competencia que mutuamente se hacían, los negocios de ambos se hallaban en condiciones precarias. Para evitar el desastre económico, aquélla y éste acordaron unirse y constituyeron la corporación United Theatres, Inc., a la cual aportaron todo su activo y pasivo, los contratos de arrendamiento que poseían y sus respectivos derechos a exhibir las cintas cinematográficas de las productoras ya mencionadas. Organizada la nueva entidad corporativa, se entregaron tanto a Bruno como a González 250 acciones1

y a Ramos Cobián 500 acciones de la United Theatres, Inc., con un valor a la par cada una de $100.

[P28]

Transcurrió el tiempo y ocho años más tarde González y su...

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