Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 10 de Abril de 1956 - 79 D.P.R. 122

EmisorTribunal Supremo
DPR79 D.P.R. 122
Fecha de Resolución10 de Abril de 1956

79 D.P.R. 122(1956)

PUEBLO V. SANTANA FLORES

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO, DEMANDANTE Y APELADO

VS.

JUAN SANTANA FLORES, C/P "EL GATO", ACUSADO Y APELANTE

Núm. 15998, 15999

79 D.P.R. 122

10 de abril de 1956

Sentencias de F. Gallardo Díaz, J. (Bayamón), condenando al acusado por delitos de infracción a los arts.

21 y 77 de la Ley de Bebidas de 1936, y al art. 6 de la Ley de Armas de 1951. Confirmadas.

  1. Registros y Secuestros--Ordenes de Registro o Allanamiento y su Ejecución--Ejecución y Devolución de las Ordenes-- Objetos Ocupados--Librada orden de allanamiento con el propósito de ocupar bebida clandestina en el lugar a ser allanado, al ejecutarla pueden los agentes del orden público incautarse de cualquier otro objeto allí poseído en violación de la ley.

  2. Id.--Id.--Id.--Id.--Mientras están legalmente en un lugar a virtud de orden de allanamiento expedídales para ocupar en él bebida clandestina, los agentes del orden público pueden incautarse de un arma de fuego allí hallada, sin que para ello tenga necesariamente que mediar una orden de allanamiento dirigida expresa y particularmente para incautarse del arma, apoyada en juramento o afirmación de que el poseedor de la misma no tiene licencia para poseerla.

  3. Bebidas Embriagantes--Procesos Criminales--Apelación-- Disposición del Caso--Confirmación--La sentencia condenatoria en proceso por infracción a la Ley de Bebidas será confirmada cuando en los autos no hay base para concluir que el tribunal a quo apreció la evidencia erróneamente y la que fué creída es suficiente para sostener la sentencia.

    E. J. Fonfrías y F. Ramos Quirós, abogados del apelante.

    Hon. Secretario de Justicia Interino J.

    1. Fernández Badillo, y Rafael L. Ydrach Yordán y Ramón Olivo Nieves, Fiscal y Fiscal Especial, respectivamente, del Tribunal Supremo, abogados de El Pueblo, apelado.

    OPINIÓN EMITIDA POR EL HON.

    JUEZ SIFRE

    Juan Santana Flores fué acusado en el Tribunal Superior, Sala de Bayamón, de haber violado el art. 6 de la Ley de Armas,1 y los arts. 21 y 77 de la Ley de Bebidas.2 Las [P124] dos causas fueron vistas conjuntamente. En ambas fué declarado culpable, y sentenciado en cada una de ellas a la pena de siete meses de cárcel, a ser cumplidas dichas sentencias concurrentemente. Apeló en los dos procesos, y en un solo alegato discute ambas apelaciones.

    Pasamos a hacer un breve resumen de la prueba que fué presentada, para después referirnos a los errores...

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