Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 4 de Enero de 1962 - 84 D.P.R. 336

EmisorTribunal Supremo
DPR84 D.P.R. 336
Fecha de Resolución 4 de Enero de 1962

84 D.P.R. 336 (1962) SCHRODER V. REGISTRADOR

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

JULIA ENRIQUETA SCHRODER, recurrente

vs.

EL REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE SAN GERMAN, recurrido

Núm. 1396

84 D.P.R. 336

4 de enero de 1962

NOTA de Juan Juan Toro, R. (San Germán), negándose a inscribir una escritura de cancelación de hipoteca y subhipoteca. Confirmada.

1.

PALABRAS Y FRASES--SUBHIPOTECA.--La figura jurídica conocida por subhipoteca es denominada por ese nombre por la regla 4ta. del Art. 137 del Reglamento Hipotecario.

2.

HIPOTECAS--CESIÓN DE LA HIPOTECA O CREDITO--DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DEL CESIONARIO EN GENERAL--CONSTITUCIÓN DE SUBHIPOTECA.--Los requisitos para la constitución de la subhipoteca--que son los relativos a la cesión de créditos hipotecarios--son tres: ( a ) que conste en escritura pública; ( b )

que se dé conocimiento al deudor; y ( c ) que se inscriba en el Registro de la Propiedad.

3.

ID.--PAGO, CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES, CANCELACIÓN Y CARTA DE PAGO--CANCELACIÓN--

SUBHIPOTECA.--Cuando no se ha notificado al deudor hipotecante la constitución de una subhipoteca, bastará para su cancelación la presentación de la escritura de cancelación de la hipoteca.

4.

ID.--ID.--ID.--ID.--Notificada una subhipoteca al deudor hipotecante original, es necesaria la comparecencia del acreedor subhipotecario en la escritura de cancelación de la hipoteca.

5.

ID.--ID.--ID.--ID.--La notificación de una subhipoteca al deudor hipotecante original tiene un doble efecto: formal, en cuanto a la cancelación de la subhipoteca, y material, por la intervención del acreedor subhipotecario en el pago del crédito original.

6.

ID.--ID.--ID.--ID.--Cuando un deudor hipotecante cuya hipote ha sido subhipotecada en garantía de un pagaré comparece en la escritura de cancelación de la hipoteca original y solicita se cancele tanto dicha hipoteca como la subhipoteca, debe reputarse concluyentemente que dicha subhipoteca le fue notificada al deudor hipotecante. En este caso es necesaria la comparecencia en la escritura de cancelación de la hipoteca del tenedor del pagaré garantizado con la subhipoteca, o sea, el acreedor subhipotecario.

7.

ID.--ID.--ID.--ID.--El propósito exclusivo de la notificación de un contrato de subhipoteca al deudor hipotecante original es evitar que éste, alegando ignorancia, haga el pago del principal de la hipoteca al primitivo acreedor hipotecario, haciendo ilusorio el derecho del acreedor subhipotecario.

8.

ID.--ID.--ID.--ID.--Cuando un deudor hipotecante tiene conocimiento de la existencia de una subhipoteca de su deuda hipotecaria, se reputará que dicho contrato de subhipoteca le ha sido notificado.

Carlos García Méndez, abogado del recurrente.

El Registrador recurrido compareció por escrito.

Sala integrada por el Juez Presidente señor Negrón Fernández como Presidente de Sala y los Jueces Asociados señores Blanco Lugo y Dávila.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON.

JUEZ BLANCO LUGO

Mediante la escritura número 55 de 13 de mayo de 1952 ante el Notario don Carlos García Méndez, los esposos Juan Ignacio Ramírez y Julia Enriqueta Schroder constituyeron hipoteca voluntaria sobre dos fincas rústicas sitas en el municipio de Lajas a favor de los esposos Orlando Irizarry Morales y Carmen Emilia Irizarry para garantizar la devolución de la suma de seis mil dólares dentro del término de tres años--tres plazos anuales de dos mil dólares. Entre los términos de la hipoteca se incluyó una cláusula mediante la cual los deudores hipotecantes renunciaron a ser notificados en caso de cesión total o parcial del crédito (Artículo 152 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec. 265.)

Este crédito hipotecario fue debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad.

Por escritura número 18 de 8 de abril de 1953 ante el Notario don Leo Irizarry, los acreedores hipotecarios constituyeron hipoteca sobre el referido crédito para garantizar un pagaré a la orden del tenedor por la suma de seis mil dólares de principal. Fue condición que la subhipoteca constituida "queda pendiente de la resolución de...

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