Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 4 de Enero de 1962 - 84 D.P.R. 618

EmisorTribunal Supremo
DPR84 D.P.R. 618
Fecha de Resolución 4 de Enero de 1962

84 D.P.R. 618 (1962)

CRUZ VILLANUEVA V. REGISTRADOR

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

FÉLIX CRUZ VILLANUEVA, recurrente

vs.

EL REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE GUAYAMA, recurrido.*

Núm. 1386

84 D.P.R. 618

4 de enero de 1962

NOTA de Tomás Bernardini Palés, R. (Guayama), devolviendo copia certificada de una resolución judicial aprobando una información de dominio y ordenando su inscripción en el Registro de la Propiedad, sin practicar dicho Registrador operación alguna en el registro. Revocada, ordenándose la inscripción de la resolución objeto del recurso.

  1. REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD--FACULTADES Y DEBERES EN GENERAL-- CALIFICACIÓN DE TITULOS--DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR LA AUTORIDAD JUDICIAL--FUNDAMENTOS DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES.--Al calificar una resolución judicial aprobatoria de una información de dominio, la función del Registrador es determinar si el tribunal tenía jurisdicción y si el procedimiento seguido está conforme con las disposiciones legales pertinentes.

  2. INFORMACIÓN DE DOMINIC--PRECEPTOS ESTATUTARIOS--APLICACIÓN D LOS MISMOS.--Los preceptos del Art. 393 de la Ley Hipotecaria--al efecto de que el Registrador, antes de inscribir alguna finca o derecho en virtud de las informaciones prescritas en los Arts. 390, 391 y 392 de la Ley Hipotecaria, examinará el registro para averiguar si hay en él algún asiento relativo al mismo inmueble que pueda quedar total o parcialmente cancelado por consecuencia de la inscripción interesada--no son aplicables a los expedientes de dominio sino solamente a los expedientes posesorios.

C. Domínguez Rubio, abogado del recurrente.

El Registrador recurrido no compareció.

Sala integrada por el Juez Presidente Señor Negrón Fernández como Presidente de Sala y los Jueces Asociados Señores Blanco Lugo y Dávila.

SENTENCIA

Ante el Tribunal Superior, Sala de Guayama, el recurrente Félix Cruz Villanueva tramitó un expediente de dominio sobre una finca de 43.76 cuerdas, sita en el barrio Marín, de Patillas. La finca objeto del expediente comprendía varias parcelas colindantes entre sí que el promovente había adquirido a título de permuta.

Luego del trámite correspondiente, el tribunal de instancia dictó resolución aprobando la información de dominio y ordenando su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Presentada para inscripción la copia certificada de la resolución mencionada, el Registrador devolvió el documento sin practicar operación alguna "toda vez que no se describen los...

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