Sentencia de Tribunal Apelativo de 6 de Julio de 2021, número de resolución KLRA202100197

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202100197
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2021

LEXTA20210706-004 - Santa & Co. v. Junta De Subastas De La Autoridad De Carreteras Y Transportacion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

SANTA & CO., CORP.,
Recurrente
v.
JUNTA DE SUBASTAS DE LA AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN
Recurrida
v.
LPC CONTRACTORS, INC., NIEVES & NIEVES ENGINEERS & CONTRACTORS, INC.; DESIGN BUILD, LLC; MAGLEZ ENGINEERINGS & CONTRACTORS CORP. DEL VALLE GROUP, S.P., DESARROLLADORA JA, INC.; EJ CONSTRUCTION, S.E., FERROVIAL CONSTRUCCIÓN PR, LLC; LPC CONTRACTORS, INC.; PILOTO CONSTRUCTION, LLC
Parte con Interés
KLRA202100197
Revisión Administrativa procedente la Junta de Subastas de la Autoridad de Carreteras y Transportación Subasta Formal: P-21-03 Sobre: Reconsideración de Anulación de Subasta Formal P-21-03, Proyecto Federal ZP-4119(3), AC-411901, RCN4119001, Carretera PR-4119, Construcción De Conector Desde PR-119 hasta calle Ramón Rivera, Las Marías, Puerto Rico

Panel integrado por su presidente, la Jueza Lebrón Nieves, la Jueza Soroeta Kodesh y el Juez Rodríguez Flores

Rodríguez Flores, juez ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 6 de julio de 2021.

La parte recurrente, Santa & Co., Corp., solicita que revoquemos la anulación de la Subasta Formal P-21-03, Proyecto Federal ZP-4119(3), AC-411901, RNC4119001, Carretera PR-4119, Construcción de Conector desde PR-119 hasta Calle Ramón Rivera, Las Marías, Puerto Rico, notificada el 27 de enero de 2021, por la Junta de Subastas de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (Junta de Subastas). La subasta se anuló para corregir errores en las especificaciones y comenzar un nuevo proceso de subasta.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, y con el beneficio de la comparecencia de la parte recurrida, Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, confirmamos la determinación recurrida.

I.

La Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (ACT), comenzó el proceso de Subasta Formal P-21-03, Proyecto Federal ZP-4119(3), AC-411901, RNC4119001, Carretera PR-4119, Construcción de Conector desde PR-119 hasta Calle Ramón Rivera, Las Marías, Puerto Rico.

La Junta de Subastas recibió y aceptó las siguientes propuestas: (1)

Santa & Co., Corp., (2) Nieves & Nieves Engineers & Contractors, Inc., (3) Design Build, LLC, (4) Maglez Engineering & Contractors Corp., (5) Del Valle Group, S.P., (6) Desarrolladora JA, Inc., (7) EJ Contruction, S.E., y (8) Ferrovial Construcción PR, LLC.

Se rechazaron las siguientes propuestas: (1) Piloto Construction, LLC y (2) LPC Contractors, Inc.

Sin embargo, durante el proceso de evaluación de las propuestas, la Junta de Subastas encontró errores en las especificaciones. Por ello, recomendó, y el Director Ejecutivo de la ACT autorizó, el 21 de enero de 2021, la anulación la subasta. En concreto, la notificación dirigida a los participantes el 27 de enero de 2021 indicó que:

… durante la evaluación de las propuestas se encontró que las cantidades en las partidas 91, 92 y 93 no concordaban con lo indicado en la tabla de cantidades en la hoja de plano BR/46. Estas diferencias podrían causar un incremento en las cantidades resultando en órdenes de cambio (“change orders”) por la cantidad de $793,900.00. (…)

El estimado de la Autoridad para el proyecto objeto de esta subasta fue $11,600,000.00.

Apéndice del recurso, pág. 4.

Inconforme con la decisión de anular la subasta, los licitadores LPC Contractors, Inc. y Santa & Co., Corp. solicitaron reconsideración el 1 de febrero de 2021 y el 16 de febrero de 2021, respectivamente.

En particular, LPC Contractors, Inc. solicitó que se le adjudicara la buena pro de la subasta. La Junta de Subastas descalificó a este licitador por no someter el Certification of Disadvantaged Business Enterprises Utilization, requerido por la agencia federal que subvenciona el proyecto. En la solicitud de reconsideración, LPC Contractors, Inc. arguyó que su omisión de someter el certificado era un error subsanable que, de habérsele permitido su rectificación, lo hubiera convertido en el licitador responsivo con la oferta más baja y, por tanto, en el licitador agraciado.

Por su parte, Santa & Co., Corp. sostuvo que la Junta de Subastas actuó correctamente al descalificar a aquel licitador que no cumplió

con las especificaciones de la subasta. A su vez, expresó que la Junta de Subastas le debió adjudicar la buena pro de la subasta, por haber sido el licitador responsivo más bajo. En tal sentido, afirmó que las cantidades contenidas en la hoja de plano BR/46 no representaban un aumento significativo en el monto de su propuesta, ya que constituiría un incremento del 5.46%, siendo este un cambio usual dentro de los parámetros establecidos para proyectos similares.

En la alternativa, Santa & Co., Corp. indicó que, en función de los mejores intereses de la agencia, la ACT debía entrar en un proceso de negociación...

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