Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Febrero de 1967 - 94 D.P.R. 049

EmisorTribunal Supremo
DPR94 D.P.R. 049
Fecha de Resolución21 de Febrero de 1967

94 D.P.R. 049 (1967) TEXACO V. PEÑAGARÍCANO

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

TEXACO PUERTO RICO, INC., peticionaria y recurrente

vs.

JUAN T. PEÑAGARICANO, ETC., demandado y recurrido

Núm. CE-66-11

94 D.P.R. 49

21 de febrero de 1967

PETICIÓN DE CERTIORARI para revisar SENTENCIA de Plinio Pérez Marrero, J. (San Juan) confirmando cierta resolución del Administrador de Estabilización Económica. Revocada, y se ordena al tribunal de instancia que devuelva el caso al referido Administrador para que proceda en forma consistente con esta opinión.

  1. PALABRAS Y FRASES-- Negocio en marcha.-- A los efectos de que se reconozca que una operación comercial o industrial es un negocio en marcha

    --y por tanto excluido del ámbito de la Ley de Alquileres Razonables y su Reglamento de Inquilinato--no es indispensable establecer que el arrendador lo estuviese explotando al momento de hacerlo disponible a un arrendatario.

  2. GUERRA Y DEFENSA NACIONAL--MEDIDAS Y ACTUACIONES EN EL EJERCICIO DE LOS PODERES DE GUERRA--REGLAMENTACIÓN DE ALQUILERES Y VIVIENDAS--PROPIEDADES Y PERSONAS SUJETAS A LA REGLAMENTACIÓN-- A los efectos de la Ley de Alquileres Razonables y su Reglamento de Inquilinato, constituye un negocio en marcha --y por lo tanto excluido del ámbito de dichas disposiciones legales--aquel negocio que, con anterioridad al arrendamiento que motiva la controversia ante el Administrador de Estabilización Económica, fuese operado por el arrendador o uno de sus antecesores en título, aunque luego el negocio fuese objeto de mejoras sustanciales tanto por razón de la construcción de nuevas edificaciones, la ampliación de éstas, como por la instalación de equipo y facilidades adicionales de servicio, siempre que no hubiere dejado de operarse, excepto por razón de las interrupciones motivadas por las obras de construcción e instalación de las mejoras, o por fuerza mayor.

  3. ARRENDADOR Y ARRENDATARIO--ARRENDAMIENTOS Y CONVENIOS EN GENERAL--REQUISITOS Y VALIDEZ--DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO EN GENERAL--ARRENDAMIENTO DE "NEGOCIO EN MARCHA--." Un negocio en marcha no deja de serlo--a los efectos de su exclusión del ámbito de la Ley de Alquileres Razonables y su Reglamento de Inquilinato--por el hecho de que se alquile a arrendatarios subsiguientes y se ceda o venda a otros propietarios, y se amplíe y modernice en forma sustancial en el curso de esas transacciones.

    Beverley, Rodríguez & Reichard y Hermán W. Colberg, abogados de la recurrente.

    Miguel Franquiz Ventura, Eduardo A. Ruiz y José

    E. Rodríguez Rosaly, abogados del recurrido.

    Sala Primera integrada por el Juez Asociado Señor Pérez Pimentel como Presidente de Sala y los Jueces Asociados Señores Blanco Lugo, Rigau y Ramírez Bages.

    OPINIÓN EMITIDA POR EL HON.

    JUEZ RAMÍREZ BAGES

    [P51]

    Vuelve ante nuestra consideración el determinar, bajo las circunstancias de este caso, lo que constituye un "negocio en marcha" a los efectos de su exclusión del ámbito de la Ley de Alquileres Razonables (17 L.P.R.A. secs. 181--218), y su Reglamento de Inquilinato, aprobado en 15 de diciembre de 1964 (17 R.&R.P.R.

    sec. 186--27(b)).1

    Concluimos que el tribunal de instancia incurrió en error al determinar que la estación de gasolina en cuestión no era un negocio en marcha cuando se arrendó a los señores Jaime Enrique y Ernesto Enrique Escabí, fundándose en que "Dicha operación y clientela tiene que ser por el arrendador para que pueda caer bajo la excepción. Creemos y resolvemos que no le favorece la operación o clientela de un arrendamiento ... se requiere operación, por el arrendador al efecto de que al arrendarlo está entregando por el canon estipulado un negocio en marcha, con clientela, nombre, etc., y no una serie de equipo o productos." Resolvemos, por el contrario, que al arrendarse dicha estación, era un negocio en marcha, pues un anterior propietario de la misma, la Pyramid Products Inc. (anterior nombre de la Regent Petroleum Co.) la había operado años antes, luego las facilidades del negocio fueron reconstruidas y el mismo arrendado al...

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