Ley Núm. 17 de 25 de Febrero de 2008 de Enmienda Art. 17 de la Ley de la Administración de Servicios Generales

EventoLey
Fecha25 de Febrero de 2008

Ley Núm. 17 de 25 de

febrero de 2008

(P. de la C. 3044)

Para disponer y establecer como política pública que los trabajos de impresión de documentos y publicaciones de las agencias del Gobierno y corporaciones públicas deberán llevarse a cabo preferentemente en las imprentas de las agencias y corporaciones públicas y que estas imprentas podrán competir entre sí para el otorgamiento de los respectivos contratos con otras agencias; enmendar el Artículo 17 de la Ley Núm. 164 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales”; derogar la Ley Núm. 58 de 18 de julio de 2001 e incorporar a esta Ley la política pública allí establecida para darle continuidad; disponer reglamentación, ordenar la preparación de un informe sobre la viabilidad de la creación de una imprenta central única, fijar plazos de vigencia; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Gobierno de Puerto Rico, en sus niveles estatal y municipal y dentro de sus corporaciones públicas, es probablemente la entidad que más material impreso genera en Puerto Rico, fuera de la prensa escrita. Formularios, documentos, materiales promocionales, materiales educativos, libros, artes gráficas, de todo, desde la colección de Leyes de Puerto Rico, hasta una tarjeta de presentación de un director de oficina.

A través del tiempo, varias agencias y dependencias del Gobierno han abierto sus propios talleres de imprenta con la intención de producir aquellos materiales impresos que son necesarios para su encomienda.

Por ejemplo, la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico, cuenta con un departamento de imprenta creado como un recurso para suplir sus necesidades de material de educación de la comunidad, de promoción de la agencia y de impresos administrativos, con la capacidad para efectuar trabajos de diseño gráfico para la creación del material a ser reproducido. En 1954 se organizó la Imprenta del Departamento de Instrucción Pública, hoy Departamento de Educación. Esta dependencia se creó como un recurso para permitir al Departamento la reproducción de materiales docentes y suplir sus necesidades de material promocional e impresos administrativos. Esta imprenta cuenta con personal diestro, equipo y materiales para prestar apoyo al sistema educativo.

No obstante esto, muchos de estos recursos se encuentran en estado de sub-utilización, limitados a sobres y papeles timbrados, tarjetas de presentación y alguno que otro impreso promocional, más los trabajos de escala mayor de impresión para las campañas publicitarias, informes y materiales educativos son subcontratados a las imprentas comerciales y agencias publicitarias. Del mismo modo, agencias y dependencias que no tienen imprentas propias o sólo las tienen de escala limitada, recurren directamente al sector privado. Vale la pena

cuestionarse si no se podría, en este caso, realizar una consolidación de las funciones de imprenta.

La idea sería, no necesariamente de primera instancia fusionar las respectivas imprentas existentes, sino optimizar su uso logrando que los trabajos de imprenta que surjan en el Gobierno sean canalizados hacia talleres de imprenta del propio Gobierno que se pudieran encontrar ociosos. Esto tendría el efecto de un beneficio presupuestario para el Estado, puesto que fondos que se hubieran gastado para compra comercial del servicio se transferirían a la agencia que realiza el trabajo. Más allá de esa versión inicial, está, además, la posibilidad luego de que las agencias y dependencias formen consorcios entre sí para distribuirse los trabajos, de acuerdo a aquellas áreas para las cuales esté cada una mejor...

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