Adúlteros sin protección

Por Yanira Hernández Cabiya

yhernandez@elnuevodia.com

La determinación certifica una decisión anterior del Tribunal de Apelaciones que desestima los cargos imputados a José Miguel Flores Flores bajo la Ley 54 por haber agredido a su compañera sentimental.

Al justificar la sentencia, el juez asociado Erick Kolthoff, sostiene que la intensión legislativa al aprobar la Ley 54 era atender las situaciones de maltrato y violencia en el contexto familiar, pero no "incluir y proteger las relaciones adulterinas".

A la opinión de Kolthoff se unieron los jueces asociados Rafael Martínez Torres y Mildred Pabón Charneco.

"En Puerto Rico las relaciones adulterinas son claramente penalizadas en el Código Penal... Por consiguiente, sin un claro mandato legislativo no podemos expandir la definición de 'relación consensual' para abarcar relaciones que son ilegales en nuestra jurisdicción", sostiene la opinión de los tres jueces nombrados por el gobernador Luis Fortuño.

En su escrito, el juez Kolthoff sostiene en su decisión pesó el hecho de que la alegada víctima aún tenía otros remedios en ley "bajo las disposiciones del Código Penal con las cuales pudiera reiniciar el proceso penal".

El caso se remota a mayo del 2006, cuando Flores Flores presuntamente agredió a Carmen Romero Pérez, con quien sostenía desde hacía varios meses una relación extramarital.

Tras realizarse la lectura de acusación del caso, Flores Flores solicitó al Tribunal de Primera Instancia la desestimación de los cargos en su contra alegando ausencia de prueba que demostrara que cometió el delito imputado.

El acusado alegó que la relación que sostenía con Romero Pérez no estaba cobijada bajo el amparo de la Ley 54 porque, al momento de los hechos que se le imputaban a él, ella estaba casada con otro hombre.

El juez que atendió el caso, el hoy juez asociado del Tribunal Supremo, Edgardo...

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