Afectados desde bonistas hasta contratistas

El manejo de la deuda de Puerto Rico bajo un proceso de bancarrota territorial implica un camino lleno de incertidumbres legales que solo ofrece dos garantías: los bonistas no tendrán más opción que negociar y los recortes en deudas irán más allá de lo que se debe a Wall Street.

Por un lado, el proceso de Título III de la Ley para la Supervisión, Administración y Estabilidad Económica de Puerto Rico (PROMESA, por sus siglas en inglés), en teoría, provee para que las reclamaciones de cobro contra el gobierno se vean paralizadas en lo que se consigue una reestructuración de las operaciones y la deuda gubernamental.

Por consiguiente, los primeros afectados en el proceso son los mismos acreedores del gobierno, incluyendo a aquellas personas y compañías que tienen contratos con las agencias y corporaciones públicas, ya que sus pagos por servicios ya prestados podrían retrasarse o hasta recortarse al final del proceso, explicó el abogado experto en procesos de quiebra Rolando Emmanuelli.

Al mismo tiempo, los procesos de bancarrota, como el que se establece bajo el Título III, proveen para que se cuestionen los gastos del deudor que no sean indispensables. Por eso, gran parte del debate sobre el Plan Fiscal y la Ley PROMESA gira alrededor de cuál servicio es esencial para el gobierno.

“Todo aquello que no sea servicio gubernamental esencial se va a afectar. El problema ahora mismo es que nadie sabe qué no es esencial porque no se ha definido”, dijo el economista Antonio Fernós Sagebien.

En el Plan Fiscal certificado, se ofrece un esbozo general sobre lo que constituye un servicio esencial. No obstante, el escrito se limita a establecer unos criterios básicos.

Se trata de un asunto que, si no lo define el gobierno, terminará resolviéndolo el juez que se asigne al caso, dijo Emmanuelli.

Ahora, esta decisión, según la Ley PROMESA, debe respetar las prioridades del gobierno establecidas a través de la Constitución y sus leyes. Entre esas prioridades está, por un lado, el repago de la deuda constitucional y, por otro, los programas que permiten que el gobierno cumpla con lo establecido en la Carta de Derechos de los ciudadanos, documento que promete, entre otras cosas, seguridad, salud, educación y bienestar social.

“Son conceptos generales, pero uno podría sospechar que se podría poner en riesgo los donativos del gobierno a entidades que no cumplan directamente con estos criterios”, dijo Fernós Sagebien, al estimar cuáles servicios podrían...

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