Apelaciones revoca fallo en caso de cabildera

WASHINGTON.- El caso mediante el cual la administración de Pedro Pierluisi persigue la destitución de Elizabeth Torres Rodríguez como funcionaria electa para cabildear por la estadidad, en el Congreso, regresará al Tribunal de Primera Instancia de San Juan para continuar su curso.El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revocó ayer la decisión del juez Anthony Cuevas que concluyó que la controversia es una cuestión política en la que el sistema judicial no debe intervenir.De acuerdo al panel formado por los jueces Felipe Rivera Colón, Gloria Lebrón Nieves y Fernando Rodríguez Flores -nombrados por administraciones del Partido Nuevo Progresista (PNP)-, la Ley 167 del 30 de diciembre de 2020 confiere el poder al secretario de Justicia para determinar la destitución de un delegado electo para cabildear por la estadidad, y al tribunal solo le toca examinar si se ha hecho "conforme a derecho"."Es el Poder Ejecutivo quien toma la decisión de destituir al delegado especial, y los tribunales se aseguran de que dicha destitución se efectúa en cumplimiento con la ley", indica la decisión, encabezada por el juez Rivera Colón.El secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, acudió al tribunal para pedir la destitución de Torres Rodríguez por entender que ha incumplido con los deberes de su cargo, que incluyen reclamar al Congreso la estadidad para Puerto Rico, rendir informes cada 90 días al gobernador sobre sus gestiones y trabajar a tiempo completo.Contrario a la decisión del juez Cuevas, el secretario Emanuelli Hernández argumentó, ante el foro de apelaciones, que el caso se basa, no en una cuestión política, sino en el incumplimiento de las funciones de un cargo. También, insistió en que la ley es clara en otorgar al secretario de Justicia el proceso para conseguir la destitución de uno de los seis funcionarios electos para cabildear a favor de la estadidad en el Congreso."Como bien reconoce el Tribunal de Apelaciones, los gastos de fondos públicos deben ser legítimos, legales y prudentes, deben promover la máxima economía y óptima utilización de los recursos públicos, y su desembolso debe conllevar una validación previa de trabajo realizado en cumplimiento con la ley y las normativas concernientes. Bajo nuestro ordenamiento jurídico, no se podría sostener el desembolso irrestricto y a ciegas de fondos públicos, máxime cuando una persona está en clara y directa contravención con la ley", indicó Emanuelli...

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