El avestruz no es un buen ejemplo

POR MIGUEL A. MAZA

PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD DE ABOGADOS DE COBRO DE DINERO

Los bancos, tiendas, cooperativas, gimnasios, hospitales y financieras, etc., venden sus deudas a otras instituciones a un precio más bajo para que estas asuman el riesgo de cobrarlas. Ese comprador se le conoce como un comprador de deudas o un tercero. El precio que se paga por una deuda varía constantemente y lo dicta el mercado.

En Puerto Rico, en términos generales, una deuda de este tipo tiene una vida litigiosa de por lo menos 15 años desde que se emitió su último pago, excepto para quienes se acogen a la ley de quiebra. Es decir, que se le puede demandar al deudor dentro de esos 15 años. Ese término de tiempo se llama periodo prescriptivo.

Muchos deudores olvidan también dos cosas: que su récord crediticio estará afectado por los próximos siete años reflejando esa deuda y que aún después de haberse vencido el término de 15 años se pueden seguir haciendo gestiones para el cobro aunque no se le pueda demandar para recobrarla.

Las posibilidades de que vaya a recibir llamadas de distintos cobradores es una realidad que cada día aumenta ante el mercado de reventa de deudas.

Igual confusión surge sobre el tiempo que hayan tardado los dueños de la deuda en cobrarle. Lo que pueda aparentar una dilación en los ojos del deudor, no los exime de la deuda. Muchas veces ese atraso se debe a un cambio de dirección del deudor que olvido notificárselo al acreedor. La responsabilidad de todo deudor es pagar sus compromisos financieros, para aquellos que no pueden, existe la protección de la ley de quiebra. El que no se acoja al beneficio de esa ley tiene que pagar.

El tiempo es el peor enemigo del deudor, pues los intereses y recargos continúan creciendo. Las posibilidades de que la deuda cambie de dueño es cada vez más real pues las instituciones financieras están reguladas y ellos tienen que tirar a pérdidas las cuentas morosas dentro de un término de tiempo. Es importante recordar que tirar a pérdida una cuenta es un término contable que aplica a cuentas que se van a sacar de los libros corporativos, no significa que no se pueda cobrar porque la institución la desechó, como creen algunos deudores.

Por ello unas sugerencias para cuando reciba una carta o una demanda...

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