Ley Núm. 022 de 23 de Enero de 2006 de Enmienda Sec. 5 de la Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos

EventoLey
Fecha23 de Enero de 2006

Ley Núm. 22 de 23 de enero de 2006

(P. de la C. 439)

Para enmendar la Sección 5 de la Ley Núm. 95 de 29 de junio de 1963, según enmendada, conocida como "Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos", a los fines de requerir del Comisionado de Seguros que acredite la solvencia económica de los planes médicos que son autorizados a ser ofrecidos a los empleados públicos.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En tiempos recientes el problema económico de algunos planes médicos ha sido traído a la palestra pública. Esto ha hecho que se hagan serias denuncias relacionadas con la solvencia de los planes y de si estos están preparados para enfrentar la demanda que un beneficio de este nivel debe otorgar. Sin embargo, en una búsqueda relacionada se encontró que para poder llevar a cabo la función de supervisar a los planes médicos el Secretario de Hacienda emite anualmente Carta Circular dirigida a todos los interesados en ser certificados como elegibles para contratar beneficios de seguros médicos para los funcionarios, empleados pensionados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus municipios e instrumentalidades. A través de estas cartas circulares, se da a conocer el Contrato Uniforme al cual los interesados ajustarán las propuestas.

Actualmente los Aseguradores y Organizaciones de Servicios de Salud que estén interesados en participar en los planes de cuidado de salud de los empleados públicos, tienen que presentar, como parte de sus propuestas, evidencia de su solvencia económica para que el Secretario de Hacienda pueda certificarlos como elegibles.

Esto evidencia la necesidad de que el Comisionado de Seguros de Puerto Rico tome un rol más activo en el proceso acreditativo de los planes médicos que hacen negocios con los empleados públicos.

Como mecanismo preventivo, al solicitar el Plan ofrecer sus servicios al Gobierno, el Comisionado deberá acreditar la solvencia económica del mismo.

La experiencia nos demuestra que en esta área, no basta con unos requisitos mínimos para que el Plan cualifique sino que, por el contrario, se debe...

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