C.E.E. V. Departamento De Estado, 1993, 134 D.P.R. 917

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas160-162

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Capacidad Jurídica (Standing). Academicidad.

Hechos: El Departamento de Estado solicitó de la C.E.E. autorización para difundir unos anuncios invitando a la ciudadanía a celebrar los actos oficiales conmemorativos del día de la Constitución de Puerto Rico en el Parque Luis Muñoz Rivera de San Juan. La solicitud fue presentada a la Comisión por conducto de su Junta Examinadora de Anuncios de conformidad con lo dispuesto por el Art. 8.001 de la Ley Electoral, y por la Sec. 3.1 del Reglamento de Gastos de Difusión Pública del Gobierno. La Junta Examinadora de Anuncios aprobó la solicitud en cuestión el 1ro. de julio de 1992. Dos semanas más tarde el Departamento decidió cambiar la celebración de los actos oficiales de San Juan a Cabo Rojo, lo que hizo necesario formular una nueva solicitud de anuncios para divulgar el cambio. El Departamento de Estado radicó la nueva solicitud ante la C.E.E. el 14 de julio, tardíamente.

Antes de que se hubiese obtenido la autorización reglamentaria para los

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nuevos anuncios, el Departamento comenzó a anunciarlos por radio y a difundirlos por televisión. La Junta Examinadora de Anuncios procedió a citar al Departamento para una vista para resolver lo relativo a estos nuevos anuncios.

En la vista, el presidente de la C.E.E. tomó en consideración la recomendación emitida por la Junta y ordenó a los medios de comunicación escrita, radial y televisiva de Puerto Rico que cesaran y desistieran de publicar o difundir los anuncios aludidos. Esa orden fue dejada sin efecto y sustituida por una orden enmendada, idéntica a la original, excepto que iba dirigida exclusivamente al Departamento de Estado y no a los medios de comunicación.

El Departamento de inmediato cuestionó judicialmente la validez de la orden enmendada de la C.E.E. Por su parte, la C.E.E. alegó que durante un año eleccionario y en virtud de lo dispuesto en la Ley Electoral y del Reglamento de Gastos de Difusión Pública del Gobierno, toda agencia de gobierno que proyecte incurrir en gastos en cualquier medio de difusión siempre tiene que solicitar y obtener para ello la autorización previa de la Comisión.

El Tribunal de instancia confirmó la decisión de la Comisión prohibiendo la publicación de aquellos anuncios que no habían obtenido su aprobación. El Departamento solicitó la reconsideración y continuó difundiendo los anuncios. El Departamento de Estado compareció directamente ante el Tribunal Supremo. La Comisión compareció ante el...

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