Capítulo único. Delitos contra los derechos humanos
Autor | Dra. Ruth E. Ortega-Vélez |
Páginas | 343-345 |
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Genocidio es cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo como tal, sea nacional, étnico, racial o religioso:
(a) Matanza de miembros del grupo.
(b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo.
(c) Sometimiento a propósito del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial.
(d) Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo.
(e) Traslado por la fuerza de menores de edad del grupo a otro grupo.
A la persona convicta de genocidio, se le impondrá pena de reclusión por un término fijo de noventa y nueve (99) años.
Comentario: Genocidio se define como "aplicación sistemática de medidas encaminadas a la destrucción de un grupo étnico". El término fue acuñado por el jurista judeo-polaco Raphael Lemkin, quien en el 1939 huyó de la persecución nazi y encontró asilo en los Estados Unidos de América. En 1944, en su libro El poder del Eje en la Europa ocupada definió genocidio como: "La puesta en práctica de acciones coordinadas que tienden a la destrucción de los elementos decisivos de la vida de los grupos nacionales, con la finalidad de su aniquilamiento".
El genocidio, de acuerdo con el Art 6 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, 1998-2002, es un delito internacional que comprende cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente , a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal. Estos actos comprenden la "matanza y lesión grave a la integridad física o mental de los que miembros del grupo, sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo, traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo".
Crimen de lesa humanidad es cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil:
(a) El asesinato.
(b) El exterminio.
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(c) La servidumbre involuntaria o esclavitud, según definida en el Art. 159 de este Código.
(d) La trata humana, según definida en el Art. 160 de este Código.
(e) La deportación o traslado forzoso de población.
(f) La encarcelación u otra...
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