Cd Builders V. Municipios Las Piedras, 2016 T.S.P.R. 190

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas390-393

Page 390

Subastas - Efecto de un error numérico en una propuesta de subasta de un municipio.

Hechos: El 19 de junio de 2013, la Junta de Subastas del Municipio de Las Piedras publicó la Invitación de Subasta Núm. 11-12-13 para la Reconstrucción del Desvío Félix López. En esta se detallaron las condiciones e instrucciones especiales para la celebración de la subasta. La invitación disponía que los licitadores debían revisar sus propuestas antes de someterlas ya que no se podrían subsanar errores contenidos en estas. También señalaba que no se permitiría el retiro de una oferta o efectuarse cambios o modificaciones a la propuesta después de esta haber sido abierta y leída en público.

El 3 de julio de 2013 se llevó a cabo una Reunión Pre-Subasta con el propósito de orientar, contestar preguntas a los licitadores y discutir los asuntos relevantes al proyecto. El 23 de agosto de 2013, tras recibir las propuestas de los licitadores, la Junta de Subastas procedió a la apertura de los pliegos de la licitación. Los costos cotizados por ambos licitadores fueron los siguientes: C.J.O. Construction, $573,000.00 y CD Builders, $596,664.00.

Al examinar las propuestas, la Junta de Subastas se percató que en la propuesta de la compañía C.J.O Construction había un "error numérico". El error consistió en que la referida compañía cotizó 400 yardas cúbicas en vez de 600, según se había solicitado en la hoja de especificaciones que los licitadores debieron obtener en la Oficina de Secretaría Municipal previo al proceso de subasta. A tales efectos, el Comité Asesor junto al ingeniero y desarrollador del proyecto, recomendaron a la Junta de Subastas que le permitiera al licitador corregir el error. En atención a lo anterior, C.J.O. procedió a corregir el error y sometió nuevamente su propuesta enmendada. El 26 de agosto de 2013, la Junta de Subastas adjudicó el proyecto a la referida compañía, por ser el licitador con la propuesta más baja.

CD Builders solició ante el T.A. la revocación de la determinación de la Junta de Subasta. Adujo que la Junta de Subastas cometió un claro abuso de discreción al excederse en sus funciones al permitir la alteración y el aumento en el precio luego de haberse celebrado la subasta, afectando la integridad del proceso, colocando en desventaja al resto de los licitadores y creando una condición de aparente conflicto de interés y favoritismo. El Municipio alegó que no se trata de un error insubsanable ya que este tiene la facultad de adquirir los bienes y servicios al mejor costo posible mediante la correcta utilización de sus recursos. El T.A. dictó sentencia a favor de CD Builders y ordenó la celebración de una nueva subasta. Denegó el recurso de reconsideración.

CD Builders acude ante el...

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