Ley Núm. 369 de 31. Diciembre de 1999 de Enmienda Ley de Coparticipación del Sector Público y Privado para la Nueva Operación de Vivienda

EventoLey
Fecha31 de Diciembre de 1999

LEY 369 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1999

Para

enmendar el inciso (f) del Artículo 2; enmendar el inciso (a) del Artículo 4; enmendar el inciso (e) del Artículo 5; y para enmendar el último párrafo del Artículo 8 de la Ley Núm. 47 de 26 de junio de 1987, según enmendada, denominada "Ley de Coparticipación del Sector Público y Privado para la Nueva Operación de Vivienda", a los fines de aumentar el precio de venta máximo de las unidades de vivienda de interés social a setenta mil (70,000) dólares y ampliar el término de vigencia del programa creado por virtud de las disposiciones de esta Ley.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El aumento en la construcción de vivienda de interés social en los pasados años ha sido notable.

Los incentivos provistos por el Gobierno de los Estados Unidos y el Gobierno de Puerto Rico han tenido un impacto muy positivo y efectivo en la construcción de nuevas viviendas a precios asequibles para las familias de recursos moderados.

Uno de los programas que más ha incentivado la construcción de viviendas de interés social es el "Programa de Subsidio de Vivienda de Interés Social", creado por la Ley Núm. 124 de 10 de diciembre de 1993.

Los beneficios provistos por el Programa van dirigidos con prioridad a las familias que aún carecen de un hogar propio, ofreciéndoles asistencia económica para el pronto pago y los pagos mensuales de la hipoteca.

Asistiendo económicamente a los compradores elegibles, se reduce el riesgo de mercado del desarrollador del proyecto, permitiendo ampliar el universo de personas que cualifican para adquirir una vivienda.

La aplicación de la Ley Núm. 47 de 26 de junio de 1987, según enmendada, denominada "Ley de Coparticipación del Sector Público y Privado para la Nueva Operación de Vivienda", conjuntamente con los programas previamente...

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