Ley Núm. 123 de 20 de Septiembre de 2007. Ley de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas; Art. 32-A

EventoLey
Fecha20 de Septiembre de 2007

Ley Núm. 123 de 20 de septiembre de 2007

(P. de la C. 3562)

Para añadir un nuevo Artículo 32-A a la Ley Núm. 114 de 17 de agosto de 2001, según enmendada, conocida como “Ley de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico”, a fin de disponer que la Corporación rinda al Gobernador y a la Asamblea Legislativa, por medio de las comisiones con jurisdicción sobre asuntos del cooperativismo, un informe anual, no más tarde del 30 de agosto de cada año, que reseñe la inversión social de las cooperativas en el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico al culminar cada año fiscal.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Actualmente, la “Corporación para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico”, entidad creada en virtud de la Ley Núm. 114 de 17 de agosto de 2001, tiene la importante tarea de fiscalizar y supervisar de forma comprensiva y consolidada a las cooperativas de ahorro y crédito que operen o hagan negocios en Puerto Rico, velando de manera exclusiva por el fiel cumplimiento por parte de dichas cooperativas de ahorro y crédito de todas aquellas leyes presentes y futuras relativas a sus operaciones, negocios, productos y/o servicios.

De otra parte, tiene la función de proveer a todas las cooperativas de ahorro y crédito un seguro de acciones y de depósitos; velar por la solvencia económica de las cooperativas, particularmente las de ahorro y crédito; y velar por los derechos y prerrogativas de los socios de toda cooperativa, protegiendo sus intereses económicos, su derecho a estar bien informado y previniendo contra prácticas engañosas y fraudulentas en la oferta, venta, compra y toda otra transacción en o relativa a las acciones de cooperativas, entre otras cosas.

No obstante, la “Corporación para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico” no mide ni reseña lo invertido por las cooperativas, bajo su jurisdicción, en desarrollo social.

En términos de incidencia social, las cooperativas de Puerto Rico realizan aportaciones por medio de actividades de educación y desarrollo de líderes, actividades sociales, culturales, deportivo y cívico, entre otras. Ofrecen becas a estudiantes, realizan certámenes de oratoria, de arte y de música, auspician organizaciones culturales, de apoyo a la mujer y a personas de la tercera edad. Eso sin contar, que al 2005, las cooperativas de ahorro y...

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