Coss V. C.E.E., 1995, 137 D.P.R. 877

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas168-171

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Libertad de Expresión y de Prensa: Foro Público por Designación. Nota: Los derechos de expresión y prensa protegen tanto el contenido del mensaje como el medio y lugar donde se ejercita. Una vez se crea un foro público, el Estado tiene que garantizar que no serán limitados los derechos constitucionales de sus beneficiarios, a menos que la actuación gubernamental cumpla un escrutinio estricto.

Hechos: En septiembre de 1986, la U.P.R. comenzó su publicación financiada con fondos propios y la venta de anuncios y suscripciones. Su Director Sr. Luis Fernando Coss, por contrato, supervisa a los escritores, en su mayoría egresados de la Escuela de Comunicaciones de la Universidad y el resto del personal. Diálogo mantiene un enfoque universitario y educativo sobre el quehacer cultural de Puerto Rico y del exterior; produce una tirada de 40,000 ejemplares que se distribuyen gratuitamente durante el año académico a los estudiantes, profesores y empleados de todos los recintos de la U.P.R. La independencia editorial de los que confeccionan Diálogo nunca ha estado en duda.

Al iniciarse el 1992, la C.E.E. comenzó a exigir a las agencias del gobierno el cumplimiento estricto con el Reglamento de Gastos. En específico, requirió al Sr. Coss que le sometiera antes de su publicación copias del mensuario para revisar que su contenido no incluyera anuncios prohibidos. El Sr. Coss ignoró esos requerimientos y publicó sin someter las copias. La Junta de Anuncios de la Comisión Estatal de Elecciones ordenó a la Universidad que cesara y desistiera esa publicación y anuncios hasta tanto obtuviera previa autorización.

En mayo de 1992, la Universidad y el Sr. Coss radicaron demanda contra la C.E.E. cuestionando la validez y autoridad constitucional de esa orden. El Tribunal Superior ordenó a la C.E.E. que celebrara una vista; retuvo jurisdicción. La Junta de Anuncios recomendó se autorizara la publicación siempre que se cumpliera con el Art. 8.001 de la Ley Electoral y Reglamento de Gastos. A esos fines, propuso se ordenara a la Universidad que remitiera, una vez publicado, desde agosto hasta noviembre de 1992, cuatro copias de Diálogo a la Junta de Anuncios. La C.E.E. aprobó dicho informe.

La Universidad y el Sr. Coss radicaron sendos recursos de revisión ante

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el mismo Tribunal. El foro revocó por el fundamento de que Diálogo era un foro público con las mismas garantías y protecciones que gozan los demás periódicos de circulación general. La...

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