Cotto Morales V. Ríos, 1996, 140 D.P.R. 604

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas171-173

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Doctrina del Desplazamiento o del Campo Ocupado (Preemption). Hechos: SONY preparó y publicó un catálogo de promoción en el que incluyó productos electrónicos suyos y las fotografías de diecinueve obras artísticas de autores puertorriqueños, entre las que estaba una obra del demandante. Este presentó demanda sobre violación al derecho moral del autor y daños, alegando que los demandados habían publicado y mutilado la obra sin su autorización. Los demandados presentaron una Moción de Desestimación y/o Sentencia Sumaria en la que solicitaron la desestimación o sentencia sumaria a su favor debido a la falta de jurisdicción del tribunal para entender en los derechos patrimoniales reclamados por los demandantes; entre ellos, la reclamación sobre propiedad, divulgación y reproducción de la obra, cuya jurisdicción es exclusiva del foro federal. El T.P.I. dictó sentencia sumaria a favor de los demandados; desestimó la reclamación de daños patrimoniales al resolver que, bajo la doctrina de campo ocupado, carecía de jurisdicción. No obstante, determinó que la serigrafía había sido mutilada y que había sido publicada sin la autorización de los demandantes.

Controversia: Si el T.P.I. carecía de jurisdicción para determinar sobre derechos patrimoniales de autor toda vez que no se había cumplido con el requisito de la Ley de Propiedad Intelectual sobre la inscripción de la obra y por competir la determinación al foro federal. Si la obra fue mutilada al cortarse la parte donde se elimina la rúbrica del autor.

Decisión del Tribunal Supremo: Confirma la sentencia al resolver que el caso planteaba una controversia exclusivamente de quebrantamiento del derecho moral de un autor, recobrables bajo la Ley de Propiedad Intelectual de Puerto Rico, irrespectivamente de que pudieran existir otros daños y derechos patrimoniales recobrables bajo la Ley Federal de Copyright. El Congreso no ha ocupado el campo en la zona de derecho de autor, por lo que las leyes estatales sobre la materia pueden coexistir con la legislación

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federal. La Ley Federal sobre derechos de autor ocupa el campo con respecto a los derechos patrimoniales de autor, pero no en lo relativo a los derechos morales del autor.

Fundamentos legales: Los derechos de autores, artistas, compositores, cineastas y demás integrantes de la comunidad intelectual de Puerto Rico están protegidos por dos piezas legislativas: La Federal y la Ley de Propiedad Intelectual de Puerto Rico. Además...

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