Cruz V. Ramos 1940, 70 D.P.R. 715

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas53-55

Page 53

Presunciones.

Hechos: El 17 de octubre de 1892, Francisco P. Cruz, de 19 años, y Gregoria Quiñones, de 14, contrajeron matrimonio. De ese matrimonio nacieron dos hijos: Petra y Anastacio. Anastacio falleció estando casado con Virginia López, dejó tres hijos: Osvaldo, Edmundo Aníbal y Rogelio.

Cerca de cuatro años después de su matrimonio, Gregoria Quiñones desapareció y nunca más se volvió a saber de ella. Haciendo constar que su estado civil era viudo, Francisco Cruz contrajo matrimonio civil con Mariana Ramos. De ese segundo matrimonio nacieron ocho hijos, y se adquirieron bienes. Mariana Ramos falleció en 1928. La Corte de Distrito declaró a sus ocho hijos únicos y universales herederos; reconoció a Cruz la cuota usufructuaria.

En 1936, la Corte de Distrito impartió su aprobación a la escritura particional de las operaciones divisorias con motivo del fallecimiento de la causante; se adjudicó a los ocho herederos de Mariana Ramos, previa renuncia por Francisco Cruz a favor de ellos de su cuota usufructuaria, la mitad de los bienes que, en la liquidación de la sociedad de gananciales, correspondieron a la causante.

Francisco Cruz falleció el 16 de marzo de 1939, estando casado en terceras nupcias con María Martínez. El 23 de marzo de 1945, Petra Cruz Quiñones, hija de Francisco Cruz y Gregoria Quiñones, y los hijos de su hermano fallecido, instaron, como herederos de Cruz, acción civil para anular el segundo y tercer matrimonios de este y, en consecuencia, anular las inscripciones hechas en el registro civil de los ocho hijos habidos durante el segundo matrimonio, inscritos como legítimos; los procedimientos judiciales llevados a cabo en la Corte de Distrito, así como las inscripciones verificadas en el registro de la propiedad;, etc. . Como causa de la nulidad del segundo y tercer matrimonios se alegó que a la fecha en que estos fueron celebrados, Cruz estaba aún casado con Gregoria Quiñones, sin que hubiere sido roto ni disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos. La corte inferior declaró nulos los matrimonios contraídos por Cruz.

Los demandados acuden ante el Tribunal Supremo.

Controversia: Si el tribunal erró al declarar nulos los matrimonios posteriores de Francisco Cruz. Si la sentencia es contraria a derecho y a la prueba.

Decisión del Tribunal Supremo: Revoca la sentencia. Cometió error la Corte inferior. En la prueba de los demandantes no existe base suficiente para declarar nulos el segundo y tercer...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR