Denuncia censura de la rama Judicial

El Tribunal Supremo emitió una resolución de amonestación contra el abogado Carlos E. Díaz Olivo por violación a uno de los Cánones de Ética de su profesión por no mostrar una conducta de respeto a la rama Judicial debido al lenguaje utilizado en mociones presentadas ante jueces del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. El analista político reaccionó diciendo que esto se trata de una decisión injusta que lo censura y coarta su derecho a la libre expresión.La resolución de amonestación, emitida el 5 de noviembre, fue el resultado de una petición de investigación y de proceso disciplinario solicitada en abril pasado por el juez Rafael G. Rojas Fernández.El juez alegó ante el Tribunal Supremo que Díaz Olivo "realizó imputaciones ofensivas" contra los jueces que atendieron un caso en el que él representaba a una de las partes. El juez alegó que Díaz Olivo violentó los Cánones de Ética 9, 35 y 38.Sin embargo, el Tribunal Supremo determinó que Díaz Olivo solo infringió el Canon 9, que establece, en síntesis, que los abogados deben "observar para con los tribunales una conducta que se caracterice por el mayor respeto", aun para criticarle.El juez alegó ante el Supremo que Díaz Olivo presentó escritos ante el tribunal con lenguaje "destemplado y mordaz"."Mediante varias mociones y recursos, el licenciado Díaz Olivo caracterizó el juicio en el que intervino como abogado como una farsa y una mueca burda a los nobles y altruistas preceptos, sobre los cuales los padres fundadores edificaron nuestro sistema constitucional", lee la resolución de ocho páginas.Díaz Olivo, quien además de abogado y contable es analista político, ripostó diciendo que la queja del juez Rojas Fernández al Supremo no se debió al lenguaje utilizado en sus escritos ante el tribunal, sino a la denuncia "de una serie de supuestas irregularidades" que ocurrieron en el Tribunal de Primera Instancia de Bayamón y que denunció ante la Oficina del Contralor y otras agencias gubernamentales.Indicó que el referido del juez fue "un acto de represalia" y rechazó que hubiese violentado los Cánones de Ética Profesional.El Tribunal Supremo determinó que Díaz Olivo "violentó el Canon 9 de Ética Profesional al dirigirse al tribunal como lo hizo"."Este tribunal no tolerará expresiones que falten el respeto a los jueces y juezas, así como al personal que integra este poder judicial", recoge la resolución, con la cual no coincidieron los jueces asociados Luis Estrella Martínez y Mildred G. Pabón...

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