Los derechos truncos del ELA

ANTONIO QUIÑONES CALDERÓN

ESCRITOR Y PERIODISTA

Pero no debe sorprendernos. En las colonias nunca ha habido esfuerzos serios de orientación sobre los derechos civiles de sus habitantes. Para los regentes coloniales es cosa mala eso de que los súbditos vayan a encariñarse mucho con sus derechos y empiecen a exigirlos con el valor que corresponde.

En el estudio sobre el estado de los derechos civiles y humanos en Puerto Rico realizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana, se detalla que inclusive el 68% de las 900 personas entrevistadas para su proyecto dijo no recordar o no tener idea de lo que significa la democracia (32%) u ofreció respuestas incorrectas sobre el término tan inherente a los derechos civiles (36%).

Como dice la nota de este periódico alrededor del estudio, "no es para menos", ya que tras los 60 años de aprobada la constitución de gobierno interno, que se dio en llamar "del Estado Libre Asociado", apenas se han hecho esfuerzos para educar a los puertorriqueños sobre sus derechos civiles. Lo que se ha hecho, es de rigor aclararlo para el registro, ha ocurrido como consecuencias de acontecimientos específicos o a presión de organismos independientes, como la Unión Americana de Derechos Civiles o el Colegio de Abogados de Puerto Rico.

La vida, la libertad y la igualdad política constituyen los elementos más puntuales de los derechos del hombre y de los pueblos según proclamados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos por la Organización de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948.

El derecho a la vida proclama el respeto a la dignidad humana y condena toda clase de torturas contra la persona humana; la libertad se establece como derecho inalienable que arranca del nacimiento mismo de la persona y el derecho a la igualdad política emana primordialmente del derecho a constituir los gobiernos a través del sufragio universal, libre, secreto y directo como recurso vital para participar en el gobierno propiamente o a través de funcionarios electos.

Este último vital derecho no existe en una colonia y, en consecuencia, los otros dos no pueden entonces estar situados a la altura moral...

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