Ley Núm. 119 de 17 de Agosto de 2001. Junta para el Desorrollo del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento a Tiempo Completo

EventoLey
Fecha17 de Agosto de 2001

(P. de la C. 944)

LEY 119

17 DE AGOSTO DE 2001

Para crear el Fondo y la Junta para el Desarrollo del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento a Tiempo Completo con el propósito de fijar la política pública de desarrollar estrategias de apoyo a los atletas y deportes de conjunta con capacidad y aptitud para la competencia olímpica paralímpica e internacional.

Esta Ley está dirigida primordialmente a la creación de un fondo que estará destinado a financiar el entrenamiento de un grupo selecto de atletas y deportes de conjunta proveyéndoles los medios técnicos, científicos y económicos necesarios para su preparación deportiva.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico reconoce la importancia del deporte en Puerto Rico, su rol en unir a los puertorriqueños y en afirmar el sentido patriótico.

Por años la participación y triunfos de atletas puertorriqueños en eventos deportivos internacionales han sido motivo de orgullo y de unión nacional.

Con cada triunfo deportivo, Puerto Rico se proyecta internacionalmente, abriendo puertas para nuestras relaciones con otros países que redundan en posteriores beneficios económicos.

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico reconoce los sacrificios y vicisitudes por las que pasan los atletas puertorriqueños, sus Federaciones y el COPUR para poder entrenarse adecuadamente para sus compromisos deportivos.

Actualmente, los niveles de competencia en todos los deportes aumentan día a día, haciendo más necesario

poder contar con entrenamientos de calidad.

Es por esta razón que tenemos que optimizar nuestras oportunidades y recursos para entrenar atletas.

El Fondo y la Junta para el Desarrollo del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento a Tiempo Completo han de ser el vehículo para lograrlo.

Los factores que hacen que un atleta figure como campeón en su deporte son, el sacrificio, la aptitud, el entrenamiento y las condiciones materiales para lograr su meta.

De igual manera, los países cuyos atletas

tienen éxito en competencias internacionales comparten al menos un elemento en las estrategias de entrenamiento: el acuartelamiento, medio que requiere de aportaciones económicas por parte del atleta.

También es imprescindible para que un atleta logre entrar a la élite de su deporte, contar con un equipo de médicos, psicólogos, nutricionistas y entrenadores que conozcan la metodología del deporte y que puedan supervisarlo constantemente tanto en prácticas como en circuitos de fogueos mundiales.

Para que un atleta pueda contar con este tipo de entrenamiento y disfrutar de estos recursos, es necesario, además del compromiso del atleta, que el mismo pueda dedicar su tiempo y esfuerzo a esos fines.

Históricamente, los atletas puertorriqueños han tenido que dedicar gran parte de su tiempo a trabajar, en muchos casos para financiar su propio entrenamiento, ya que no cuentan con los medios económicos necesarios para prepararse para sus compromisos deportivos.

Los atletas capaces de hacer los sacrificios que requiere la competencia mundial requieren de una política pública que permita su entrenamiento y manutención para ponerlos en igualdad de condiciones con aquellos que logran estar en el tope de sus respectivas disciplinas.

El objetivo de esta legislación es crear el Fondo y la Junta para el Desarrollo del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento a Tiempo Completo que esté estrictamente reglamentado siguiendo las normas de sana administración pública y los criterios reconocidos para entrenar y desarrollar atletas y deportes de conjunto de alto rendimiento.

La Junta...

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