Dios, la Iglesia y el Estado

WILLIAM HERNÁNDEZ

VICEPRESIDENTE INTERNACIONAL DE LA IGLESIA DE DIOS PENTECOSTAL M.I.

Es la primera vez que alguien distingue formalmente las obligaciones para con estas dos entidades. Sin embargo Jesús no definió con precisión donde se trazaba la línea entre ambas; es por esta razón que, desde el siglo cuatro, los teólogos y otros estudiosos han argumentado sobre dónde deben comenzar y dónde terminar.

No deja de asombrarnos el colorido intenso que produce la expresión separación entre Iglesia y Estado en nuestro país. Una fórmula que, en la mayoría de las ocasiones que se usa, la intención es sacarle provecho personal a la perspectiva que se quiere defender.

Son muchos los analistas que expresan su interpretación con respecto a esta idea y sus debates son caracterizados por su intensidad, como si fueran dueños de una correcta interpretación de la misma. Sin embargo su utilización es en muchas ocasiones incompatible con la intención con la cual fue grabada en la Constitución, tanto de Estados Unidos como la de Puerto Rico.

Debemos iniciar haciendo hincapié que la expresión "separación de iglesia y estado" no aparece en la Constitución de Estados Unidos y lo hace una sola vez en la Constitución de Puerto Rico en la Sección 3 del Articulo II "Libertad de culto". Esta designación fue acuñada de una expresión hecha por el presidente Thomas Jefferson para definir la función de la Primera Enmienda en una carta redactada en 1802.

El propósito es evitar un estado bajo una teocracia, dando a entender que los líderes de un país no gobiernan por derecho o poderes divinos. La Constitución deja claro que tanto el Estado como la Iglesia son instituciones separadas y que los asuntos internos son gobernados por separados. Considero que hasta aquí todos estamos de acuerdo con la intención de las referencias hechas en ambas constituciones. Lo que trae conflictos...

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