Ley Núm. 92 de 04. Agosto de 2001 de Enmienda Ley Corp. Financiamento Vivienda de PR

EventoLey
Fecha 4 de Agosto de 2001

(P. del S. 537)

LEY 92

4 DE AGOSTO DE 2001

Para enmendar los Artículos 3, 5, 6, 7, 12, 14, 15 y 19, añadir el Artículo 21 y renumerar el Artículo 21 como Artículo 22 a la Ley Número 280 de 30 de noviembre de 1998 y enmendar el título y el Artículo 1 de la Ley Número 282 de 30 de noviembre de 1998, a fin de designar a la Corporación para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico como la instrumentalidad gubernamental encargada de conceder la asistencia requerida bajo el auspicio del Programa "Nuevo Hogar Seguro", creado mediante la Orden Ejecutiva de 15 de octubre de 1998, Boletín Administrativo Núm. OE-1998-35 en sustitución de la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura y para aclarar algunos aspectos administrativos del Programa Nuevo Hogar Seguro.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico creó un grupo de trabajo interagencial con el propósito de desarrollar e implantar el Programa "Nuevo Hogar Seguro".

Este Programa estaba dirigido en sus inicios a planificar, coordinar y desarrollar la construcción de nuevas viviendas como reemplazo de aquéllas que sufrieron severos daños o que resultaron destruidas como resultado del paso del Huracán Georges por Puerto Rico los días 21 y 22 de septiembre de 1998. Sin embargo, posteriormente se determinó con el consentimiento de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) por sus siglas en inglés que bajo este Programa se atenderían igualmente las necesidades de aquellas familias que viven en zonas de alto riesgo, que están propensas a inundaciones y deslizamientos de terrenos.

Esta Administración tiene un interés genuino y apremiante en que las familias que perdieron total o parcialmente sus viviendas o que viven en zonas de alto riesgo, regresen al curso normal de sus vidas y obtengan una vivienda segura y adecuada, mediante la relocalización de éstas.

Originalmente, se identificó que se buscaba desarrollar cincuenta mil (50,000) viviendas para los perjudicados del Huracán Georges. No obstante, luego de una evaluación de la necesidad real de los perjudicados por este huracán y tomando en consideración los recursos económicos disponibles, el número de unidades a desarrollar se estima en 4,200.

Además, es necesario aclarar mediante esta Ley que la Agencia Federal

para el Manejo de Emergencias (FEMA) es quien aprueba los proyectos a radicarse bajo el Programa "Nuevo Hogar Seguro".

Originalmente, esta Asamblea Legislativa designó al Departamento de la Vivienda y a la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico como las agencias encargadas de certificar los proyectos que se radicaron bajo este Programa, en virtud de la Ley Núm. 280 de 30 de noviembre de 1998.

La Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura sería a su vez la agencia proponente de los proyectos.

Sin embargo, posteriormente se identificó la disponibilidad de la Corporación para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, subsidiaria del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico, para colaborar con este Programa. Esta Corporación cuenta con amplia experiencia en el desarrollo de vivienda de interés social en Puerto Rico y sería

idóneo que ésta asista al Departamento de la Vivienda en el proceso de...

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